Dicen que el tiempo es inexorable y camina de la mano con el
olvido.
Con Resolución 25 de fecha 10 de mayo 2017 , la jueza
del 47 JPL , doctora Mariela Yolanda Rodríguez
Vega, declaró de oficio fundada la Excepción de Prescripción de la Acción Penal
contra el director de la revista Juez Justo , Benedicto Jiménez, el periodista
Miguel Ángel Pérez Maldonado y Rodolfo Orellana Rengifo por delito contra el
honor – difamación agravada en agravio de Víctor Andrés García Belaúnde.
El Congresista en mención, había presentado la querella por
las publicaciones de la revista Juez Justo del mes de diciembre 2011 hasta
marzo del 2012 , a través de la Revista Juez Justo N° 21 con el título “Otra Vez
Víctor Andrés”, consignando en la carátula “Vitocho: tráfico de influencias,
Víctor Andrés García Belaúnde es denunciado ante el Congreso y la Fiscalía de
la Nación pro favorecer a su ahijado Giovanni Paredes Ruiz” , la Revista N° 18
donde se publicó la nota “El Congresista Robacamal” consignando en la carátula “Vitocho
, el Padrino y Don Bieto”, en la Revista N° 19 con el título “ La Trafa de
Vitocho” ,dos empresas vinculadas al congresista negocian con el estado ; la
Revista N° 20 con la nota “Por la boca cae” , un revelador video evidencia la
conspiración de la red mafiosa encabezada por Pazos Holder ; hechos que el Congresista
de la República decía que eran afirmatorias en su contra .
Los plazos de
prescripción de la presunta comisión del hecho punible que fue materia de la
querella por difamación agravada se consumó el mes de setiembre 2016 por
haberse cumplido cuatro años seis meses, tomando en cuenta que la pena
privativa de la libertad en este tipo de delitos no es mayor de tres años .
Al no
pronunciarse de fondo la jueza, no se puede enervar la presunción de inocencia conforme
al Artículo 2.24..e de la Constitución Política del Perú ya que toda persona es considerada inocente mientras no
se haya declarado judicialmente su responsabilidad( sentencia firme).
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