sábado, 26 de diciembre de 2015

Benedicto Jiménez Apela Sentencia de la Jueza July Baldeon Quispe Del 30° Juzgado Penal De Lima.

La sentencia se dictó el 11 de 2015 estando prescripta la acción penal con serias falencias en motivación y colocando como tercero civil a la revista cuando debió haber sido la empresa Juez Justo TV SAC como persona jurídica. 
No obstante que la Jueza Baldeon era consciente de que el caso estaba prescripto, decidió continuar adelante, cometiendo una aberración jurídica que ni siquiera un estudiante de derecho lo cometería; considerar como Tercero civil responsable a la revista Juez Justo que fue creada para luchar contra la injusticia y el abuso del poder. 
Al final, la publicación tendenciosa en La República de la sentencia quedará como una victoria  pírrica porque el destino de la sentencia que puede erigirse como la expresión de la falta de preparación y capacidad de nuestros jueces, será el archivo y la nulidad, el primero porque el caso está prescripto y felizmente, para los que no podemos alcanzar justicia en un poder judicial desprestigiado, el tiempo es inexorable e incorruptible; lo segundo, la Sala Penal no tendrá más opción que anular por vicio procesal la sentencia de marras.

DICIEMBRE, 2015

Gerard Ingenieros

LA CIDH SIGUE MONITOREANDO LA SALUD DE BENEDICTO JIMENEZ RECLUIDO EN EL PENAL “PIEDRAS GORDAS”

En Julio, Benedicto Jiménez, Abogado, coronel en retiro de la Policía Nacional, ex director del Semanario y la radio por Internet “Juez Justo”, medio de comunicación que luchaba contra la injusticia y el abuso de poder, demandó al estado peruano por vulneración a sus derechos humanos, entre los que esta la integridad personal (por ser recluido en un penal de máxima seguridad siendo un procesado primario, clasificado en la etapa “A” del Régimen Cerrado Especial destinado para internos de “más difícil readaptación”- delincuentes peligrosos, reincidentes y habituales – y no ha tomado en la clasificación su edad – adulto mayor – y salud – problemas cardiacos-).
La CIDH, con motivo de la demanda viene monitoreando el estado de salud y las condiciones solicitando periódicamente informes detallados, porque al nivel de los organismos de derechos humanos observan con preocupación cómo se vulneran los derechos humanos de los peruanos en cuanto a los procesados primarios (sin antecedentes penales) que son enviados a cárceles de máxima seguridad con una medida cautelar (prisión preventiva) que se ha convertido en una pena anticipada y cuando llegan a estos penales los clasifican en etapas del Régimen Cerrado Especial restringiendo sus derechos como 2 horas de patio, visitas de 3 familiares, incomunicados, sin teléfono público y sin acceso a los medios de comunicación. 
Jiménez ha tenido que acudir a la CIDH porque ni la Defensoría del Pueblo, un entere fantasmal, le interesa esta situación anómala de los procesados primarios que son tratados como sentenciados y enviados a cárceles de máxima seguridad. 

DIC 2015
GERARD INGENIEROS

Los jueces de garantías y la fiera mediática

A fuerza de experiencia que crea hábitos, los jueces de investigación preparatoria desarrollan un gran talento y capacidad para sobrevivir y burlar a la fiera mediática.

 

Los jueces de investigación preparatoria a jueces de garantías aparecen con la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal y son los que resuelven los requerimientos fiscales de prisión preventiva o las prolongaciones, entre otras funciones, convirtiéndose en una especie de tamiz o supervisor de los desafueros de los fiscales – investigadores – acusadores. A fuerza de experiencia que crea hábitos, estos jueces han adquirido un gran talento y desarrollado capacidades para mantenerse en el cargo burlando o esquivando a la fiera mediática en casos de alto perfil mediático que solo se calma cuando ven al desdichado procesado terminar sus huesos en Piedras Gordas, una cárcel de máxima seguridad hacia donde llegan los clasificados como de déficit readaptación (peligrosos delincuentes, habituales o reincidentes). Calmada la fiera mediática, se observa que a estos jueces, mal llamados “de garantía” (se supone defensores de los derechos fundamentales de la persona), que no le interesa arañar la verdad jurídica o besar a la tan esquiva justicia, sus afanes se centran sólo en salir ilesos de la presión mediática y alejarse de las fauces carroñeras de una prensa que procesa, juzga y te sentencia. Gracias al talento y la capacidad que desarrollan para supervivir, estos jueces desarrollan una habilidad de síntesis simulan que te escuchan atentos o que toman nota, cuando ya tienen los “borradores” de los autos interlocutorios, muchos de los cuales han sido elaborados por los estudios de abogados, contratados por los enemigos del proceso que tuvo la desgracia de ser un caso mediático, convirtiéndose en presa fácil de la prensa “carroñera”. Así que cuando eres un caso mediático, no te hagas muchas ilusiones, hasta que pases a ser un “NN”. Estás condenado a pasarte una buena temporada en “Piedras Gordas” en donde habitan muchos peruanos cumpliendo las famosas “prisiones preventivas”, que es un dulce revertido de veneno (se supone una medida cautelar excepcional, pero que se ha convertido en una pena anticipada).



DICIEMBRE, 2015

Gerard Ingenieros


CUARTA FISCALÍA SUPRAPROVINCIAL APERTURA INVESTIGACIÓN CONTRA MIEMBROS DEL EX GEIN QUE CAPTURARON AL LÍDER DEL PCS-SL.

El 27 NOV 2013, la corte de San José, emitió sentencia a favor de la terrorista del PCP-SL, Mónica Feria Tinta (Camarada Matilde) después de un proceso de 5 años (2008-2013), obligando al Estado peruano a pagarle la suma de $ 80 mil dólares como indemnización por daños y $ 7,000 para su tratamiento psicológico o psiquiátrico. Este caso es un ejemplo de la incompetencia de los abogados que defienden al Estado peruano ante La Corte de San José que se han convertido en “expertos de derrotas” (todas las demandas de los terroristas las perdemos).
La terrorista Mónica Feria Tinta, mujer conocida como la “Embajadora de Sendero Luminoso en el extranjero” experta en derecho internacional se produjo el 13 de abril de 1992 como conectado de un operación de inteligencia ejecutada por el GEIN y se demostró su implicancia y responsabilidad en la cédula de dirección de El Diario, vocero del PCP-SL. Los incautos miembros de la Corte que no conocen los momentos de terror que vivió el país en las décadas de los 80’ y 90’, sin mayores indicios y/o evidencias, le dieron la razón a la terrorista que por el hecho de haber sido detenida se le causó una violación a su libertad, causándole problemas psicológicos. 
La Corte se eximió de resolver en cuanto al allanamiento del Inmueble en Balconcillo donde fue detenida con otros miembros del PCP-SL, sobre la denuncia de violación pero aceptó que había sufrido maltratos con ocasión de su detención y posterior prisión. 
Algunos miembros del ex GEIN han sido citados por la fiscalía para responder por los cargos. 
Hace 20 años la terrorista se fugó del país para eludir un juicio por presunto delito de terrorismo y le esperan otros juicios más por apología del terrorismo y asociación a una organización terrorista. 

DIC 2015
GERARD INGENIEROS

sábado, 19 de diciembre de 2015

Síntesis de la situación legal de BENEDICTO JIMENEZ

Benedicto Jiménez, coronel en retiro de la Policía Nacional, abogado y ex director del Semanario y la radio por Internet “Juez Justo” se encuentra encarcelado en la prisión de máxima seguridad “Piedras Gordas” siendo un procesado – primario (sin antecedente). Este mes cumple 14 meses sujeto a una prisión preventiva que se cumple como pena anticipada por ser su caso altamente mediatizado. A través de este medio democrático hacemos una síntesis de su situación legal y lo que se espera en los meses que vienen.  
La segunda fiscalía de lavado de activos, a cargo de la fiscal Marita Barreto Rivera está a cargo de la Investigación preparatoria que empezó el primero de julio 2014 (hace un año y seis meses) cuando allanaron y destruyeron – al mejor estilo de las huestes de Atila – el medio de comunicación “Juez Justo” que en esos momentos publicaban el Semanario “Juez Justo” (se vendía a un sol) y la radio por Internet (de lunes a viernes, de 1 – 2pm), algo nuevo y experimental en nuestro país. Jiménez fue detenido ese día cuando se desempeñaba como director de Juez Justo, permaneció 17 días en detención preliminar y durante la audiencia de prisión preventiva (17 de Julio 2014), la jueza Juana Caballero – una mujer valiente, capaz y con los ovarios bien puestos – le concedió la comparecencia restringida porque la fiscal no había aportado elementos de convicción, graves y fundados sobre la comisión de algún delito y la vinculación a éste. La Sala Penal Nacional de Apelaciones (CONDORI, TORRE Y CARCAUSTO) revocan la comparecencia por prisión preventiva en un contexto evidente de presión política y mediática; incluso, la jueza fue quejada y cambiada de colocación. Han pasado catorce meses de su encarcelamiento en un penal de máxima seguridad, en completo aislamiento, siendo un procesado – primario (sin antecedentes penales) lo que ha motivado que Jiménez presente en Julio una demanda ante la CIDH contra el Estado por vulnerar sus derechos humanos. Esta demanda se encuentra en evaluación y su caso es monitoreado por la CIDH. En más de un año y medio de investigación y catorce meses de prisión preventiva, la fiscalía ha tratado de encontrar pruebas contra Jiménez por lavado de activos pero ha sido infructuoso, toda vez que los fiscales – investigadores – acusadores (nuevo rol de acuerdo al Código Procesal Penal del 2004) parten de un principio errado en investigación criminal: “Primero te detengo y luego te pruebo”; sumado a que desconocen el método de Investigación Criminal, los principios elementales de Criminalística y su método preferido es utilizar un ejército de “soplones” denominados “colaboradores eficaces”, los mismos que ante el temor de ir a la cárcel con prisión preventiva, delatan hasta sus abuelitos. La única imputación que ha quedado es que Jiménez ha sido director de una revista que intimidaba, atemorizaba e infundía pánico en los delicados espíritus de magistrados incapaces y corruptos y funcionarios públicos, abusadores de su poder y corruptos. Haciendo de la paciencia un arte y de la espera una virtud, Benedicto espera que la fiscalía culmine su labor de pesquisas novelas e improvisados que carecen de un plan de investigación y confunden lo que es un dato, hecho objetivo de imputación, elemento de convicción y medio de prueba. Espera sereno, confiado, con esa paz y tranquilidad que confiere el hecho de sentirse inocente, que se cumpla los 18 meses de prisión preventiva (abril 2016) porque pedir cesación de prisión preventiva sería perder tiempo y energía toda vez que el caso está mediatizado y politizado y el Juez Manrique Laura se cuida mucho de contradecir a la fiera mediática ya que vivimos en una época, no solo del espectáculo y la farándula, sino también de la “política judicializada” (las famosas y caras comisiones de investigación en el Congreso) y los “juicios mediatizados” (la prensa carroñera procesa y sentencia y te envían a Piedras gordas). En medio de la “criminología mediática” o la visión criminal que construyen los medios de la gran concentración, ningún ciudadano está libre de pronto verse envuelto en circunstancias incriminatorias, siendo inocente, y sr enviado a “Piedras Gordas” para calmar la sed insaciable de la fiera mediática. 

DIC 2105
GERALD INGENIEROS

VIVIMOS EN LA ÉPOCA DEL ESPECTÁCULO, LA POLÍTICA JUDICIALIZADA Y LOS JUICIOS MEDIÁTICOS

Vivimos en una época donde impera el espectáculo y la farándula; pero también, la política judicializada a través de las famosas y costosas comisiones de investigación, así como los juicios mediatizados en donde la prensa de la "gran concentración " te investiga, te procesa y te juzga , incluso, convoca a ciertos abogados ávidos de notoriedad para que comenten sobre la prognosis de la pena , dejando migajas para los jueces que después te van a investigar , con la desventaja que se llenan de prejuicios e ideas preconcebidas .

Con este contexto, muchos ciudadanos ,  sin ser culpables de algo, de pronto se ven envueltos en situaciones incriminatorias y terminan en prisiones de máxima seguridad ,  sujetos a ese veneno revestido de dulce (prisión preventiva) que se le conoce de manera eufemística como "medida cautelar" cuando en realidad es una  pena anticipada.