sábado, 30 de abril de 2016

HC duerme el sueño de los Justos ocho meses en el TribunalConstitucional (EXP. N°02473-2015)

Desde junio del 2015, hasta la actualidad, han pasado ocho meses desde que se dio la vista de causa en un Hábeas Corpus presentado por Benedicto Jiménez contra los tres vocales de la Sala Penal de Apelaciones Nacional que le revocaron en medio de un fuerte contexto de presión política y mediática. Incluso salió el presidente de la República, Ollanta Humala, a los medios para expresar su descontento por la decisión de la Jueza Caballero de la 3ra Juzgado de Investigación Preparatorio, quien al no encontrar elementos de convicción de la comisión de un delito, opto por darle comparecencia restringida a Jiménez. 
Después de ocho meses, aún el TC no resuelve el Hábeas Corpus, durmiendo el sueño de los Justos, no obstante que el plazo máximo, según el ART. 20 del CódigoProcesal Constitucional es de 20 días. 
Según la ley procesar constitucional, este tipo de procesos son sumarísimos y tienen tramitación preferente. ¿A qué obedece esta tardía tramitación? Esta mala praxis del TC debe ser erradicada porque cuando quiere resolver lo hace en un mes. 
Jiménez espera que el HC se resuelva en tiempo útil y razonable para acudir a la CIDH, acorde con el ART. 121, in fine del Código Procesal Constitucional. 

Abril 2016
GERARD INGENIEROS




viernes, 8 de abril de 2016

Una Victoria Pírrica

Tercera sala penal reos libres resolverá apelación de sentencia de primera instancia contra Benedicto Jiménez por una querella de difamación agravada interpuesta por el fiscal superior Retamozo Roca por una nota publicada en la Revista Juez Justo en su contra. 
El 11 de noviembre 2015, cuando la querella estaba prescripta (había transcurrido cuatro años y medio de la publicación de una nota en la Revista Juez Justo contra el fiscal Retamozo Roca), una jueza dictó una sentencia de manera extraña, abusiva y parcializada, aplicando 2 años de pena privativa de la libertad (las querellas de esta naturaleza no tienen prisión efectiva) y 100 mil soles de reparación civil. Esta sentencia, sin ser firme o consentida (llegaron hasta la Corte Suprema) fue difundida por el ex fiscal a la prensa (Caretas)  y a la Fiscalía de lavado de Activos quien la considera como elemento de convicción para demostrar que Juez Justo era un medio difamante. Jiménez   apeló la sentencia cuyo destino es el archivo porque, felizmente, cuando no hay posibilidad de que exista justicia e imparcialidad de parte de nuestros jueces, el tiempo es inexorable e incorruptible. La Sala Penal no tiene otro camino que archivar el proceso por prescripción de la acción penal privada ya que no puede aplicar el ius puniendi(persecución a través de la acción penal) por el tiempo transcurrido (más de 4 años y medio). Esto hace que la sentencia sea una victoria pírrica para  el ex fiscal Retamozo , Caretas y la fiscalía de Lavado de Activos. 
4 Abril 2016
GERALD INGENIEROS