sábado, 25 de mayo de 2019

CONVERSANDO CON LAS PAREDES CAPITULO 43 MOVIENDO EL GALLINERO BENEDICTO JIMENEZ


PROLOGO

Las crónicas “Conversando con las Paredes” contiene dos partes. La primera parte abarca desde la  injusta detención de Benedicto Jiménez Bacca, Coronel PNP en retiro de la PNP, abogado y director del Semanario y la Radio por Internet, Juez Justo, hasta la resolución judicial de la Primera Sala Penal de Apelaciones que le revoca la comparecencia restringida y lo envían a una cárcel de máxima seguridad (Ancón- 1 o “Piedras Gordas” ) sujeto a la medida coercitiva personal de  prisión preventiva de 18 meses; decisión que toma los tres vocales de la Primera Sala Penal de Apelaciones, en medio de una fuerte  presión política y mediática.

La segunda parte empieza en el Capítulo 8  con la llegada al   penal  Ancón -1 , más conocido como “Piedras Gordas” el  27 de octubre 2014  hasta su excarcelación el 28 de abril 2017  a  mérito de una Hábeas Corpus y la sustitución de la prisión preventiva por la de detención domiciliaria en el Hospital ( diez meses) hasta su traslado a su domicilio el 29 de setiembre 2017 en donde continua con la detención domiciliaria hasta inicios del 2018 cuando le dan la comparecencia restringida .
Culminó el  escrito dirigido al Fiscal Superior Coordinador de las  Fiscalías de lavado de Activos  a través del cual hacía de su conocimiento la  conducta irregular e ilegal de la Fiscal Barreto a cargo de la investigación en el sentido de incorporar a la Investigación un hecho atípico, anterior a la dación de la Ley 27765 (lavado de activo) que recién apareció el  22 de junio de 2002.

La conducta irregular era  porque la Fiscal  Barreto  investigaba la  compra de  su apartamento ubicado en la cuadra 13 de la Avenida San Borja Norte , adquirido en   1997, con dinero que recibió como  agregado policial adscrito a la Embajada del Perú a Panamá  entre los años 1994 a 1998.

A todas luces esta investigación es abusiva, carente de legitimidad debido a que la Ley  N° 27766  (Ley de Lavado de Activos ) recién aparece el  2002,( cinco años después de la compra del bien ) pero este inmueble  fue considerado   como elemento de convicción de que había “amasado gran fortuna “; elemento de convicción mencionado en el requerimiento fiscal de la prisión preventiva el 14 de julio 2014 .

Esta forma de actuar de la fiscalía, además de  irregular, ilícita o atípica (aún no existía la Ley de lavados de activos)  constituye a todas luces una investigación tendenciosa  y maliciosa con el ánimo de incriminarlo, de paso, causarle  preocupación y molestia a la familia.

Pero nada debe causarnos sorpresa cuando se aplica en la investigación ese método o principio ortodoxo denominado  “ Primero te detengo y luego te pruebo” que deriva en  excesos y atropellos cometido por los fiscales convertidos hoy en detectives por obra y gracia del  código procesal penal del 2004 que les da la dirección de la investigación preparatoria. 

El viernes en la tarde recibe  un documento del director del penal .

El  área legal había hecho un gran esfuerzo intelectual para responder la solicitud que presentó pidiendo reconsideración  en cuanto a que lo clasificaron en la  Etapa “A” del Régimen Cerrado Especial; clasificación que de acuerdo al Código de Ejecución Penal y su Reglamento era para los  internos considerados “ de más difícil readaptación “( se supone que han tenido varios ingresos y no se han adaptado al sistema penitenciario)

Era evidente que detrás de esta clasificación y ubicación en dicha  etapa, era porque existía temor y  cálculo político de que algo le pase o  sea agredido; entonces, se fueron a los extremos, clasificándole en la etapa más alta para mantenerlo  aislado y así , libre de toda amenaza .

Pero eso está bien para un corto período porque un  ser humano no puede estar todo el tiempo aislado, necesita vivir en comunidad y dada su condición ( ex policía y partícipe en la captura de dirigentes y cabecilla terroristas ) el lugar apropiado sería La Prevención ,  especie del Pabellón en donde  estaban algunos políticos,  policías y militares de cierto rango, entre otros internos  cuya situación demandaba cierto nivel de protección que no lo tendrían si fuesen enviados a los pabellones ..

El que rubricaba el informe legal era el abogado , Carlos Valverde, quien se  encargó de  elaborar el proyecto de Resolución Directoral y emitir su opinión, haciendo  acopio de un abanico de normas legales para encontrar una justificación a la descabellada e irracional decisión de ubicar a un procesado , primario, sin antecedentes penales, en el nivel de  “más difícil readaptación” siendo lo usual que esta calificación sea para los delincuentes habituales peligrosos, con tres o más ingresos que no se adaptan al tratamiento penitenciario.

Apenas recibió la respuesta, se puso a redactar una apelación para que sea elevada al director regional de Lima del INPE.

La idea es mover un poco el gallinero, mientras el  HC avanza que tiene relación con la clasificación  en este penal; además,  sirve de ejercicio mental y acopio de argumentos para el  HC,  en caso de que sea declarado improcedente.

Tenía que colocarse  en todas las posibilidades porque en su caso se había tomado decisiones  más políticas que técnicas y cuando eran  sometidas estas decisiones a un test de razonabilidad y proporcionalidad, se vuelven deleznables.

La apelación estará lista el martes 24 y se  presentará por conducto regular, a través de la dirección de este penal.

Sabe que tiene que manejar estos  temas  con mucha sutileza y habilidad. Los del INPE tienen la  sartén por el mango pero eso no es óbice para sentar precedente con las irregularidades que se cometen con los internos que son procesados , están sujetos a medida cautelar de prisión preventiva y  gozan de la presunción de inocencia ( que aún no han sido condenados); hacerles ver qué infracciones se cometen, que piensen , reflexionen .
Por lo menos, ahora  , el abogado del penal se ha puesto a pensar y buscar normas para responder la solicitud . Antes contestaban  con un simple y escueto escrito  en donde  decían que las clasificaciones de los internos es un acto administrativo interno , por lo tanto, ellos no  tienen por qué dar explicaciones o motivar la resolución administrativa .

Ahora se esfuerzan por hacer funcionar el cerebro desde  que les señaló en un escrito que si bien  toda calificación de internos es un  acto administrativo  , a su vez,  restringe o limita la  libertad individual , por lo tanto, requiere motivación suficiente, así como sujetarse a los principios de razonabilidad , proporcionalidad por lo que es  irrazonable y desproporcionado que se envíe a Piedras Gorda a un procesado que no tiene la calidad o condición de “  difícil readaptación “, partiendo de algo elemental : nunca estuvo en prisión para decir que no se adaptó al sistema penitenciario ; menos, clasificarlo como “ más difícil readaptación “ cuando llega al penal “Ancón -1” (Ex Piedras Gordas), algo superlativo, por lo que este tipo de acto  administrativo deben estar sujetos al control constitucional  cuando se vulnera el debido proceso administrativo( motivación suficiente)

Si algo aprendes en este penal es que no se cuenta con una doctrina penitenciaria, bastante sólida,  para entender estos términos (difícil readaptación o más difícil readaptación) y si no haces algo por reclamar tus derechos como interno-procesado,   te sepultan en vida y no pasa nada.

Muchos internos que no conocen sus derechos viven como sepultados en vida, como animales, dedicados a comer, dormir y vegetar porque eso de resocialización es un cuento.  Acá envían a delincuentes  primarios  que salen con un magister en delincuencia. 

Las reglas las ponen los carceleros y como este es un submundo  en donde los del INPE son los que gobiernan y   los de afuera, a pocos les   interesa lo que pase adentro  porque se supone que este lugar llega la escoria de la sociedad, que no tienen derechos y son inservibles para la sociedad . .

Si no reclamas tus derechos solo te queda esperar que el  tiempo pase y rezar para que sobrevivas en este  infierno.

Lo que sí ha sacado el limpio es que el director del penal como el presidente del INPE se cuidan   mucho del  escándalo, que no salga afuera o se conozca noticias del penal porque esto golpea su imagen y reputación , así como de los HC  que  no terminan nunca y pueden ser un boomerang, incluso, llegan a la vía internacional.


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