PROLOGO
Las crónicas “Conversando con las Paredes” contiene dos partes. La primera parte
abarca desde la injusta detención de
Benedicto Jiménez Bacca, Coronel PNP en retiro de la PNP, abogado y director
del Semanario y la Radio por Internet, Juez Justo, hasta la resolución judicial
de la Primera Sala Penal de Apelaciones que le revoca la comparecencia
restringida y lo envían a una cárcel de máxima seguridad (Ancón- 1 o “Piedras
Gordas” ) sujeto a la medida coercitiva personal de prisión preventiva de 18 meses; decisión que
toma los tres vocales de la Primera Sala Penal de Apelaciones, en medio de una
fuerte presión política y mediática.
La segunda parte empieza en el Capítulo
8 con la llegada al penal
Ancón -1 , más conocido como “Piedras Gordas” el 27 de octubre 2014 hasta su excarcelación el 28 de abril
2017 a
mérito de una Hábeas Corpus y la sustitución de la prisión preventiva
por la de detención domiciliaria en el Hospital ( diez meses) hasta su traslado
a su domicilio el 29 de setiembre 2017 en donde continua con la detención
domiciliaria hasta inicios del 2018 cuando le dan la comparecencia restringida
.
Capítulo 43: Moviendo el Gallinero.
Culminó el
escrito dirigido al Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías de lavado de Activos a través del cual hacía de su conocimiento
la conducta irregular e ilegal de la
Fiscal Barreto a cargo de la investigación en el sentido de incorporar a la Investigación
un hecho atípico, anterior a la dación de la Ley 27765 (lavado de activo) que
recién apareció el 22 de junio de 2002.
La conducta irregular era porque la Fiscal Barreto
investigaba la compra de su apartamento ubicado en la cuadra 13 de la
Avenida San Borja Norte , adquirido en
1997, con dinero que recibió como
agregado policial adscrito a la Embajada del Perú a Panamá entre los años 1994 a 1998.
A todas luces esta investigación es abusiva,
carente de legitimidad debido a que la Ley
N° 27766 (Ley de Lavado de
Activos ) recién aparece el 2002,( cinco
años después de la compra del bien ) pero este inmueble fue considerado como elemento de convicción de que había
“amasado gran fortuna “; elemento de convicción mencionado en el requerimiento
fiscal de la prisión preventiva el 14 de julio 2014 .
Esta forma de actuar de la fiscalía, además
de irregular, ilícita o atípica (aún no
existía la Ley de lavados de activos)
constituye a todas luces una investigación tendenciosa y maliciosa con el ánimo de incriminarlo, de
paso, causarle preocupación y molestia a
la familia.
Pero nada debe causarnos sorpresa cuando se
aplica en la investigación ese método o principio ortodoxo denominado “ Primero te detengo y luego te pruebo” que
deriva en excesos y atropellos cometido
por los fiscales convertidos hoy en detectives por obra y gracia del código procesal penal del 2004 que les da la
dirección de la investigación preparatoria.
El viernes en la tarde recibe un documento del director del penal .
El
área legal había hecho un gran esfuerzo intelectual para responder la
solicitud que presentó pidiendo reconsideración
en cuanto a que lo clasificaron en la
Etapa “A” del Régimen Cerrado Especial; clasificación que de acuerdo al
Código de Ejecución Penal y su Reglamento era para los internos considerados “ de más difícil readaptación “( se supone que han tenido varios
ingresos y no se han adaptado al sistema penitenciario)
Era evidente que detrás de esta clasificación
y ubicación en dicha etapa, era porque existía
temor y cálculo político de que algo le
pase o sea agredido; entonces, se fueron
a los extremos, clasificándole en la etapa más alta para mantenerlo aislado y así , libre de toda amenaza .
Pero eso está bien para un corto período
porque un ser humano no puede estar todo
el tiempo aislado, necesita vivir en comunidad y dada su condición ( ex policía
y partícipe en la captura de dirigentes y cabecilla terroristas ) el lugar
apropiado sería La Prevención , especie
del Pabellón en donde estaban algunos
políticos, policías y militares de
cierto rango, entre otros internos cuya
situación demandaba cierto nivel de protección que no lo tendrían si fuesen
enviados a los pabellones ..
El que rubricaba el informe legal era el
abogado , Carlos Valverde, quien
se encargó de elaborar el proyecto de Resolución Directoral
y emitir su opinión, haciendo acopio de
un abanico de normas legales para encontrar una justificación a la descabellada
e irracional decisión de ubicar a un procesado , primario, sin antecedentes
penales, en el nivel de “más difícil readaptación” siendo lo
usual que esta calificación sea para los delincuentes habituales peligrosos,
con tres o más ingresos que no se adaptan al tratamiento penitenciario.
Apenas recibió la respuesta, se puso a
redactar una apelación para que sea elevada al director regional de Lima del
INPE.
La
idea es mover un poco el gallinero, mientras el
HC avanza que tiene relación con la clasificación en este penal; además, sirve de ejercicio mental y acopio de
argumentos para el HC, en caso de que sea declarado improcedente.
Tenía que colocarse en todas las posibilidades porque en su caso
se había tomado decisiones más políticas
que técnicas y cuando eran sometidas
estas decisiones a un test de razonabilidad y proporcionalidad, se vuelven
deleznables.
La apelación estará lista el martes 24 y
se presentará por conducto regular, a
través de la dirección de este penal.
Sabe que tiene que manejar estos temas
con mucha sutileza y habilidad. Los del INPE tienen la sartén por el mango pero eso no es óbice para
sentar precedente con las irregularidades que se cometen con los internos que
son procesados , están sujetos a medida cautelar de prisión preventiva y gozan de la presunción de inocencia ( que aún
no han sido condenados); hacerles ver qué infracciones se cometen, que piensen
, reflexionen .
Por lo menos, ahora , el abogado del penal se ha puesto a pensar
y buscar normas para responder la solicitud . Antes contestaban con un simple y escueto escrito en donde
decían que las clasificaciones de los internos es un acto administrativo
interno , por lo tanto, ellos no tienen
por qué dar explicaciones o motivar la resolución administrativa .
Ahora se esfuerzan por hacer funcionar el
cerebro desde que les señaló en un
escrito que si bien toda calificación de
internos es un acto administrativo , a su vez,
restringe o limita la libertad
individual , por lo tanto, requiere motivación suficiente, así como sujetarse a
los principios de razonabilidad , proporcionalidad por lo que es irrazonable y desproporcionado que se envíe a
Piedras Gorda a un procesado que no tiene la calidad o condición de “ difícil readaptación “, partiendo de algo
elemental : nunca estuvo en prisión para decir que no se adaptó al sistema
penitenciario ; menos, clasificarlo como “
más difícil readaptación “ cuando llega al penal “Ancón -1” (Ex Piedras
Gordas), algo superlativo, por lo que este tipo de acto administrativo deben estar sujetos al control
constitucional cuando se vulnera el
debido proceso administrativo( motivación suficiente)
Si algo aprendes en este penal es que no se
cuenta con una doctrina penitenciaria, bastante sólida, para entender estos términos (difícil
readaptación o más difícil readaptación) y si no haces algo por reclamar tus
derechos como interno-procesado, te
sepultan en vida y no pasa nada.
Muchos internos que no conocen sus derechos
viven como sepultados en vida, como animales, dedicados a comer, dormir y
vegetar porque eso de resocialización es un cuento. Acá envían a delincuentes primarios
que salen con un magister en delincuencia.
Las reglas las ponen los carceleros y como
este es un submundo en donde los del
INPE son los que gobiernan y los de
afuera, a pocos les interesa lo que
pase adentro porque se supone que este
lugar llega la escoria de la sociedad, que no tienen derechos y son inservibles
para la sociedad . .
Si no reclamas tus derechos solo te queda
esperar que el tiempo pase y rezar para
que sobrevivas en este infierno.
Lo que sí ha sacado el limpio es que el
director del penal como el presidente del INPE se cuidan mucho del
escándalo, que no salga afuera o se conozca noticias del penal porque
esto golpea su imagen y reputación , así como de los HC que no
terminan nunca y pueden ser un boomerang, incluso, llegan a la vía
internacional.
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