miércoles, 1 de abril de 2020

LA FUNCIÓN POLICIAL : ESTUDIO DESDE LA DOCTRINA POLICIAL


La Función  policial : un enfoque desde la doctrina policial  

Desde el punto de vista de la doctrina policial , cada función general o específica de la Policía Nacional requiere un estudio hermenéutico o interpretación  de las artículos o normas para establecer el alcance y significado de cada uno de ellos

La función policial es diferente a la facultad o atribución de la Policía Nacional .

En el Decreto Legislativo N° 1267 del 16 de diciembre 2016 ( Ley de la PNP))se mencionan los dos tipos de funciones ( generales y específicas ) . En el Título Preliminar, Artículo III de la Ley de la PNP se menciona las funciones generales y en el Título I .- competencia, funciones y atribuciones , artículo 2° se menciona las funciones específicas .

Las funciones de la Policía Nacional constituyen el ejercicio de su capacidad jurídica de actuar en cumplimiento de alguna o de todas las misiones que justifica su posición  como órgano del Estado.

Las funciones son deberes de obligatorio cumplimiento. En sentido amplio, la función policial es la actividad del Estado que regula y mantiene el equilibrio entre la existencia individual y el bien común.

Por ello, se establecen restricciones y limitaciones a los derechos y libertades, recurriendo a los niveles de uso de la fuerza para garantizar la convivencia social en ejercicio de la ley.
La función policial  general se  desarrolla  en el marco de su finalidad fundamental descrita y definida en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú, ejerciendo sus funciones en su condición de Fuerza Pública del Estado.[1]

Es la gestión administrativa concreta de la Fuerza Pública del Estado – algunos denominan Poder de Policía -  la misma que se materializa en el servicio policial o la actividad policial[2] .

La relación es : FUERZA PÚBLICA DEL ESTADO – FUNCION POLICIAL – SERVICIO POLICIAL .

La función de la policía tiene como principal objetivo el servicio a la comunidad y la protección a las personas.

En este contexto, es imprescindible una actitud ética: honesta, solidaria, proactiva, comprometida, justa y respetuosa.

Actuar en este marco facilita y legitima el cumplimiento de la misión, fortaleciendo la relación entre el efectivo policial y el ciudadano.

El objeto de las funciones policiales es cautelar las libertades humanas y garantizar el orden social .

Las funciones  policiales es un  conjunto de actividades necesarias, permanentes, afines y coordinadas,  bajo  responsabilidad del comando institucional para alcanzar un objetivo .

Función policial y autoridad policial

La función policial se sustenta en la autoridad policial que viene a ser el  derecho de hacerse obedecer y el poder de mandar .

La autoridad es el poder derivado de la posición ocupada por la persona ( autoridad oficial) , es el  poder de control resultante de una posición reconocida , inherente al cargo y  no al individuo específico que lo desempeña de modo oficial .

Existen dos tipos de autoridad : legal ( inherente a la función ) y personal ( formada de inteligencia, experiencia, valor moral, aptitud para el mando y servicios prestados ).-
 Son distintivos de autoridad y mando del personal de armas, el uniforme reglamentario, la placa insignia y el carné de identidad .

La base legal de la autoridad que posee todo policía como un derecho está en la Ley de la PNP, Titulo III.- Obligaciones y derechos , artículo 5.- Derecho del personal policial, inciso 1 :   Respeto y consideraciones que su autoridad le otorga”.- .
La función policial y la  autoridad policial también se sustentan  en que el policía vive en un mundo jurídico de normas legales y diversas disposiciones basadas en la Fuerza Pública del Estado que viene a ser la  atribución del Estado, ejercida por la Policía Nacional del Perú que faculta el uso de la fuerza de manera legítima en el cumplimiento de su finalidad, para la conservación del orden interno y para garantizar el funcionamiento de los poderes del Estado dentro del orden constitucional) y en el poder punitivo del Estado ( Derecho Penal) por lo que una de sus funciones es garantizar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes de la República.[3]
Por eso es que la función policial requiere el poder de hacerse obedecer y el prestigio para mantener el imperio de la ley que deriva del cumplimiento de ciertos preceptos éticos y morales cuya aplicación sistemática aumenta la confianza de  la comunidad .

Características de la función policial

·La función policial se basa en la autoridad policial

Autoridad que al  policía le da derecho a contar con el respeto y la consideración , tanto de la ciudadanía como del personal subalterno . Es inherente a la autoridad el mando y reposa muchas veces en el “poder de hacerse obedecer” a través de la coerción o de la fuerza en caso de que sea necesario , tomando en cuenta la racionalidad y la proporcionalidad del uso de la fuerza.

En una organización, la autoridad y el mando policial hace funcionar a este organización y se observa de manera concreta cuando en el cumplimiento de una de sus funciones  ( Fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de los usuarios de la infraestructura vial; y de manera subsidiaria las normas de transporte en la red vial nacional) vemos a un policía de tránsito cumpliendo su función de vigilar el tránsito y coloca una papeleta a un conducto por haberse pasado al cruz roja del semáforo y le ordena que detenga su vehículo a costado de la  carretera o la vía pública.

Si el policía no cuenta con autoridad y mando policial , es difícil que puede cumplir con su función policial .

En esta situación hace uso de su autoridad y mando policial.

Pero, mandar es un arte que reposa en cualidades personales , principios éticos y morales y en el conocimiento de los principios generales de la administración .

La autoridad y mando para cumplir la función policial no puede utilizarse para cometer un atropello a cualquier ciudadano , abuso de autoridad o cometer acto vejatorio a cualquier ciudadano , o también utilizar el carnet de identidad policial para hacer “pase” vehicular en estado de ebriedad .

 Se clasifican en funciones  generales y específicas .

La función general es un conjunto de actividades que ejecutan los órganos orientados al cumplimiento de la misión ; l función específica es un conjunto de actividades que cumplen los diversos elementos integrantes de una institución. El  Artículo III.- Función Policial de la Ley de la PNP se refiere a las  funciones generales relacionadas a la finalidad fundamental definida en el Art. 166 de la Constitución y  en Título I.- Competencia, funciones y atribuciones .- Artículo 2.- Funciones, se menciona las funciones específicas que desempeñan las unidades conformantes de la estructura de la PNP. Por ejemplo, una función específica es brindar seguridad al Presidente de la República en ejercicio o electo, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades que determine el reglamento de la presente Ley. Esta función específica es cubierta por las divisiones de seguridad presidencial, división de seguridad del congreso y la división de protección de dignatarios que son parte de la Dirección de Seguridad del Estado , a su vez, de la Dirección Nacional de Orden Público y Seguridad .

Las funciones generales se desarrollan en el  marco de la  finalidad fundamental descrita y definida en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú.


Las funciones , generales o específicas, se ejercen en cumplimiento de la  Fuerza Pública del Estado.

La función policial es permanente y su  ámbito de competencia es a nivel nacional

 La Policía Nacional del Perú ejerce competencia funcional y exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y competencia compartida en materia de seguridad ciudadana

·Para su cumplimiento se orienta por principios ( ejemplo : unidad de mando , acceso universal a los servicios) y valores (  honor, honestidad, etc.)

Tiene primacía en el ejercicio de la función policial la  persona humana y sus derechos fundamentales.

El respeto a su dignidad y a las garantías para el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales)

 En la prevención y persecución del delito deben ajustarse al principio de objetividad y el desarrollo de una actividad probatoria, lícita, pertinente , útil y conducente .

 La función policial tiene un efecto directo en el bienestar social y la calidad de vida individual , así como en la seguridad pública y privada.

  Es un proceso dinámico y coordinado.

La función policial en sentido general , es una serie de actividades enlazadas mutuamente en un proceso dinámico y coordinado de todos los que participan en la vida de un organismos que brida un servicio a la ciudadanía .

El  Código Procesal Penal -2004  desarrolla de manera precisa, amplia y detallada  algunas funciones de la Policía Nacional

 Por ejemplo, el artículo  205( control de identidad policial)  y el artículo  206 ( controles policiales públicos en delitos graves )  precisa y amplia las funciones de la policía  que se mencionan en la Ley de la PNP( Título I.- Competencias , funciones y atribuciones.-  7) Prevenir, combatir, investigar y denunciar la comisión de los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales; Título I.- Competencias , funciones y atribuciones .- Artículo 2.- Funciones .21) Identificar a las personas con fines policiales. Igual sucede en el  artículo 67 ( funciones ) donde  menciona detalla y precisa la   función específica de la policía en la investigación del delito , al igual que en el artículo 68,  se menciona sus  atribuciones en función de la investigación .



 El Art. 67.1 CPP-2004 señala que la PNP en el cumplimiento de sus funciones (  no se señala si son funciones generales o específicas pero al  parecer se refieren a la función general de  Prevenir, investigar y combatir la delincuencia o la función específica de prevenir, combatir, investigar y denunciar la comisión de los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales), señala que por  propia iniciativa, tomar   conocimiento de los delitos- no se refiere a las faltas - y dar cuenta inmediata al fiscal , sin perjuicio de realizar las diligencias de urgencia e imprescindibles para impedir sus consecuencias , individualizar a sus autores y partícipes y reunir y asegurar los elementos de pruebas  que puedan servir para la aplicación de la ley penal ( similar función cuando se trata de instancia privada o sujetas al ejercicio privado de la acción penal ); además, en el artículo 67.2 se menciona que la policía que realiza funciones de investigación están obligados a apoyar al Ministerio Público para llevar a cabo la investigación reparatoria .  Estas diligencias urgentes e imprescindibles son las diligencias preliminares que se menciona en el artículo  330.2  NCPP[4] y también tiene relación con el artículo 331 del NCPP ( actuación policial)[5]

Desde el punto de vista de la doctrina policial , cada función general o específica de la Policía Nacional requiere un estudio hermenéutico o interpretación  de las artículos o normas para establecer el alcance y significado de cada uno de ellos .

Por ejemplo, el  Decreto Supremo N° 026-2017-IN del 13 de octubre 2013 (Reglamento de la Ley de la PNP) en el Artículo 4( Funciones), inciso 22 menciona que una de las funciones de la Policía Nacional es  Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y coadyuvar al desarrollo económico y social del país. Esta misma función específica se menciona en la Ley de la PNP.- Artículo 2, inciso  20 : Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.

Cuando se le dio esta función a la PNP tal vez se pensó en darle una participación proactiva en el desarrollo económico y social y en actividades de Defensa Nacional y Defensa Civil.
En cuanto a la Defensa Nacional , estrechamente vinculada la Seguridad Nacional , es entendible porque toda  persona natural y jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional .No sólo es una función de la PNP  o de la Fuerza Pública , debido a que  la  Seguridad Nacional y la Defensa Nacional  son  elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación
La Seguridad Nacional se refiere a la noción de relativa estabilidad, calma o predictibilidad que se supone beneficiosa para el desarrollo de un país; así como a los recursos y estrategias para conseguirla (principalmente a través de la Defensa Nacional).

 Es la  situación en la cual el Estado tiene garantizado su independencia, soberanía e integridad y, la población los derechos fundamentales establecidos en la Constitución. Esta situación contribuye a la consolidación de la paz, al desarrollo integral y a la justicia social, basada en los valores democráticos y en el respeto a los derechos humanos.
El Estado es el llamado a garantizar la seguridad de la Nación mediante el sistema de Defensa Nacional que viene a ser un  conjunto de medidas, previsiones y acciones que el Estado genera, adopta y ejecuta en forma integral , permanente y se desarrolla en los ámbitos externo e interno.

Pero, ¿ Cómo debe participar la Policía Nacional en el desarrollo económico y social del país?

Cuando la policía participa en la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente[6] , está participando , indirectamente , en el desarrollo del país ; no obstante que a veces , desarrollo y conservación del medio ambiente  parecen términos incompatibles y que frecuentemente entran en conflicto  pero que en los hechos son aspiraciones que no se oponen.

Un desarrollo bien entendido debería comprender la protección del medio ambiente, la creación de ambientes cada vez más sanos para nuestra población y la conservación de los recursos naturales que permitan el equilibrio necesario para ls subsistencia de la vida humana, conservada en términos planetarios .

Dentro de esta concepción, la policía debe ser como “ el pez en el agua” . Se entiende el agua que es el pueblo . Debe existir una plena identidad pueblo- policía , que la población no vea al policía como un ente represor sino un “servidor público” porque la labor e policía es una labor de servicio .

La doctrina moderna sobra las funciones policiales que debe cumplir la policía la considera como una fuerza o ente dinámico , que no solo participa en asuntos de seguridad y Defensa Nacional sino también en actividades para el desarrollo económico, social ,culturas de un país , así como en actividades de Defensa Civil (  terremotos, inundaciones, sequía , huaycos , etc.)

Otra función que requiere una interpretación hermenéutica es la función un tanto genérica que aparece al final :    ejerce las demás funciones que le señala la Constitución y las leyes”. 
Por ejemplo, cuando la PNP cumple funciones que les asigne el  Comando Conjunto de las FFAA en el restablecimiento del Orden Interno. ¿ A esto se refiere esta función? Podría ser, pero requiere un desarrollo e interpretación desde el punto de vista de la doctrina policial , por eso se dice que la “ doctrina policial en nuestro país está en pañales “. 

A manera de conclusión:

En el Decreto Legislativo N° 1267 del 16 de diciembre 2016 ( Ley de la PNP)se mencionan los dos tipos de funciones ( generales y específicas ) . En el Título Preliminar, Artículo III de la Ley de la PNP se menciona las funciones generales y en el Título I .- competencia, funciones y atribuciones , artículo 2° se menciona las funciones específicas .

La función policial se basa en la autoridad policial , autoridad que al  policía le da derecho a contar con el respeto y la consideración , tanto de la ciudadanía como del personal subalterno . 

Es inherente a la autoridad el mando y reposa muchas veces en el “poder de hacerse obedecer” a través de la coerción o de la fuerza en caso de que sea necesario , tomando en cuenta la racionalidad y la proporcionalidad del uso de la fuerza.

Desde el punto de vista de la doctrina policial , cada función general o específica de la Policía Nacional requiere un estudio hermenéutico o interpretación  de las artículos o normas para establecer el alcance y significado de cada uno de ellos .
 1 de abril 2020



[1] Decreto Legislativo N° 1267 del 16/22/2016.- Artículo III.- Función Policial
[2] Servicio policial o servicio de policía es la vigilancia permanente que el Estado presta por intermedio de la Policía Nacional, para conservar el orden público, proteger las libertades, prevenir y controlar la comisión de delitos, de acuerdo con las necesidades y características de cada jurisdicción policial
[3]  Decreto Legislativo N° 1267 del 12/12/2016 .- Artículo III.- Función Policial.-3) Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado.

[4] Art. 330.2 NCPP.- Diligencias preliminares tiene por finalidad realizar los actos urgente o inaplazables destinados a determinar si han tenidos lugar los hechos objeto e conocimiento y su delictuosidad , así como asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las  personas involucradas en su comisión , incluyendo a los agraviados dentro de los  límites de ley, asegurarlas debidamente
[5] Tan pronto como la policía tenga noticia de la comisión de un hecho la pone en conocimiento del MP , por escrito y la vía más rápida , indicando los elementos esenciales del hecho y demás elementos inicialmente  recogidos , así como la actividad cumplida sin perjuicio de dar cuenta de toda la documentación que existe , después de comunicada la noticia del delito , la policía continuará la investigación que haya iniciado y después de la intervención del l fiscal practicas las demás investigaciones que les sean delegada con arreglo al artículo 68 . Las citaciones de la a policía puede hacerse hasta tes veces.
[6] Funciones de la PNP( Reglamento de la Ley de la PNP):  Participar en la política de eco eficiencia del Estado y en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente

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