Las Comisarías desde una visión de la doctrina
policial y la ciencia policial
El camino para garantizar
el acceso universal a la justicia y la construcción de instituciones
responsables, eficaces e inclusivas, es largo y está lleno de obstáculos y en nuestra institución y el país, aún queda mucho por hacer en cuanto al
servicio policial que se brinda en las “ventanas de la PNP” que vienen a ser las comisarías , para ello , se debe empezar con
un diagnóstico , sincero, franco ,
técnico , detectando sus debilidades y fortalezas para solucionar los
problemas que redunden en beneficio del servicio que se brinda a la ciudadanía .
EL 15 de
octubre 2017 se promulgó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional
(Decreto Legislativo N° 1267 del 16 de diciembre 2016) mediante Decreto Supremo N° 026-2017- IN y en su artículo 97, inciso octavo se señala que la Escuela de Formación Profesional
Policial[1] , entre sus funciones , está
el de velar por el desarrollo
de la Ciencia Policial; así como, difundir y consolidar la doctrina que la sustenta
como elemento integrador para la pertenencia institucional a la Policía Nacional
del Perú, en el marco de la Constitución y las leyes.
La ciencia policial es un conjunto de conocimientos
, sistematizados , que tienen como objeto de estudio a la institución policial
como institución y estructura .
El último
peldaño de la estructura orgánica de la PNP, según la Ley de la Policía Nacional
( Art. 7 -estructura orgánica – de Decreto Legislativo N° 1267 del 16 de
diciembre del 2016) son las comisarías cuya jurisdicción territorial se limita
a un distrito o un sector de éste .
La naturaleza , funciones, competencia , atribuciones,
dependencia , organización interna y formas de control de las comisarías están
señaladas en los artículos 237 al 240
del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional ( DS N° 026 -2017-IN del
13/10/2017) , o sea, existe
un marco legal que define con claridad sus funciones , atribuciones, composición
y dependencia .
Las
comisarías también son consideradas órganos
desconcentrados[2] o “células básicas” de la Policía Nacional del Perú o núcleo
esencial[3] de la PNP o la primera ventana de atención ciudadana.
Juegan un rol fundamental
e indispensable debido a que es la puerta de acceso al sistema de justicia y, además, velan por la protección, seguridad y el libre ejercicio de los derechos
fundamentales de las personas.
Son establecimientos utilizados como oficinas por la PNP
para organizar a su personal , atender a la ciudadanía y cumplen la función de garantizar el orden
interno y público, la seguridad ciudadana , la paz social, contribuyendo al desarrollo
socioeconómico en su circunscripción territorial y participan en el sistema de
Defensa Civil.
Son responsables de planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y
controlar las actividades y operaciones policiales relacionadas con la
prevención, orden, seguridad e investigación de faltas[4] y delitos menores ( delito de
lesiones culposas, delitos de lesiones leves , hurto simple y usurpación del
tipo básico, etc.)
También cumplen servicios
administrativos como expedición de certificado de antecedentes policiales (CERAP)o
recepción de denuncias. Antes emitían
certificados de mudanza y de supervivencia pero con la la simplificación administrativa, los ciudadanos podrán ahorrar
tiempo y dinero. Ahora, al cambiar de
domicilio, los usuarios deberán presentar una declaración jurada. Y a los pensionistas no se les puede exigir que
presenten documentos para "certificar que están vivos". La eliminación de
estos trámites se aplicó en virtud del decreto legislativo 1246 que se aprobó en el 2016 en el que se
incluyen diversas medidas de simplificación administrativa[5].
Las comisarías son de naturaleza
urbana o rural y se dividen en básicas
y especializadas
La comisarías básicas se encuentran clasificadas en A[6], B, C, D y E de acuerdo
al número de efectivos policiales, densidad poblacional, servicios requeridos y
área mínima requerida de construcción; clasificación debidamente reglamentada
por la Policía Nacional del Perú.
Las especializadas son aquellas que desarrollan un servicio
específico, tales como Familia(CEF) , Turismo, Aeropuertos y terminales terrestres,
Protección de carreteras y otros.
Las comisarías dependen de las regiones
policiales y de manera excepcional y
temporal de los frentes policiales a
cargo de comandantes o mayores ( tipo
“A” y “B”), de capitanes en el de tipo “C” ; teniente o Alférez, Tipo “D” y suboficiales superiores en las comisarías de tipo
“E” .
Las comisarías especializadas de familia a (CEF), creadas bajo denominación de comisarías de la
mujer en 1998, son de naturaleza exclusivamente urbana. Actualmente, existen 35 comisarías de este tipo , distribuidas
geográficamente : ocho se encuentran en Lima Metropolitana y, el
resto, a lo largo del territorio
nacional. Las ocho CEF ubicadas en Lima Metropolitana dependen funcional y administrativamente
de la División de Protección Contra la Violencia Familiar [7][8]que
es parte de la Dirección de Seguridad Ciudadana
y 27 pertenecen funcional y administrativamente a
las distintas regiones policiales de sus jurisdicciones.
Parte del diagnóstico se elabora en base al Informe de la Defensoría del Pueblo de Mayo
2018 titulado “ Por una atención policial de calidad con respeto a los
derechos fundamentales” - diagnóstico que se centra más en las comisarías especializadas de protección a la
Familia , abarcando algunos aspectos generales - y obra
del autor titulada : “Doctrina y Ciencia Política “ ( 2002) , que abarca más el
universo de las comisarías de manera general, identificando los “nudos problemáticos “ que permanecen latentes
.
Las comisarías no están acondicionadas para
brindar una atención de calidad a los/as ciudadanos/as con discapacidad física
o mental [10] y
muchas veces carecen de ambientes adecuados para brindar una eficiente atención
al ciudadano .
Se advierte que la estructura orgánica de la PNP no posee
una instancia de coordinación a nivel nacional formal y directamente
establecida que promueva la
estandarización de conceptos, criterios y procedimientos para la prevención e
investigación , principalmente en cuanto a investigación de la violencia contra las
mujeres y la ejecución de las medidas de protección para las víctimas de
violencia.
No cuentan con intérpretes de las
distintas lenguas originarias de la zona, con la finalidad de brindar un
servicio de atención oportuno. Observándose de que en la mayoría de las
comisaría básicas y especializadas de
familia , se vulnera el derecho a ser atendido en su lengua de origen .
Si bien
cuentan con herramientas para la sistematización de información sobre las
características de la población de su jurisdicción, no hacen uso de los medios tecnológicos digitales
disponibles.
La estructura y organización de la Policía Nacional para
el tratamiento de casos de violencia contra la mujer y miembros del grupo
familiar es ineficiente, ya que se carece de una dirección sistémica
con competencia nacional, especialmente para las actividades de prevención,
protección, denuncia, investigación y ejecución de las medidas de protección
por mandato jurisdiccional, cuya responsabilidad por mandato de la ley es exclusiva.
Es necesaria una instancia de este para establecer criterios, procedimientos adecuados y
canalizaría eficientemente la protección a la víctima..
El proceso de atención a la persona en
las comisarías básicas y las comisarías especializadas de familia no garantizar
una atención de calidad, contemplando la búsqueda de la menor cantidad de riesgos
posibles, con el objetivo puesto en brindar mayores beneficios y satisfacción
de las expectativas del ciudadano en torno a la prestación del servicio de
seguridad y protección.
No se toma en cuenta la demanda del
servicio o las necesidades de
la ciudadanía a la que sirven y no se cuenta procedimientos de atención, de manera calara
y simplificada y personal capacitado para la tarea de atención al
público.
No se utiliza debidamente la herramienta
conocida como “Mapas del Crimen” para
conocer las características y
necesidades específicas que tiene el público al cual atienden, de modo que
planifiquen sus acciones y determinen la mejor estrategia de actuación . El 91% de comisarías básicas cuentan con un mapa
del delito pero son elaboradas de forma
manual, rudimentaria y precaria, en hojas de papel sobre la jurisdicción de las comisarías, la
distribución de los delitos recurrentes con pines o puntos de colores .
El 32% de
las comisarías básicas reconocen que existen grupos étnicos culturales en sus
jurisdicciones pero solo el 17% del
total reconoce que requieren una atención que se adecúe a sus distintas
necesidades de pertinencia cultural.
El 76% de comisarías básicas y el
86% de comisarías especializadas de familia no conocen el protocolo de atención al ciudadano elaborado por el sector
Interior que establece estándares que aseguran no solo la satisfacción de sus
necesidades, sino también que la atención recibida exceda las expectativas.
Las comisarías no están
acondicionadas para brindar una atención de calidad a los/as ciudadanos/as con
discapacidad física o mental.
La calidad del proceso de atención
al público depende muchas veces de la iniciativa de cada comisario y de la
dinámica interna de cada comisaría, no se encuentra estandarizado[11], a pesar de la
promulgación del Protocolo de atención al ciudadano en el Sector Interior a
fines del año 2017 con la finalidad de optimizar
la atención al ciudadano; protocolo que determina las fases del
proceso de atención y las clasifica en “Contacto inicial”, “Sintonía”,
“Desarrollo” y “Conclusión”.
Si bien se identifican buenas prácticas que tienen el objetivo de
promover la simplificación administrativa, tal como la recepción de denuncias
por parte de terceros en casos de violencia contra la mujer e integrantes del
grupo familiar, existen
todavía deficiencias respecto a la atención preferencial y la gestión de
reclamos. Este problema se debe principalmente a la falta de capacitación
y socialización de las herramientas (protocolos) para la atención a la persona.
El 77% de
comisarías básicas tienen acceso a internet proporcionado por la institución policial pero existe
un 10% que es adquirido por el personal policial y un 9% carezcan de acceso a internet.
El patrullaje del personal
policial es insuficiente, afectando la
protección a las personas y la comunidad. El 24% de comisarías básicas indican que existen
zonas en su jurisdicción que no se patrullan debido al difícil acceso o falta
de personal
Falencias en cuanto a la capacitación del personal policial en temas de
investigación y sobre el Nuevo Código Procesal en cuanto a las funciones, atribuciones , competencia y deberes del personal policial , El 73% han seguido cursos de actualización pero
solo 52% fue capacitado en temas relacionados con el NCPP.
Resulta insuficiente el persona de las Comisarías para hacer frente a
los delitos de pluralidad de
investigados o complejidad . No se afronta este
problema en que la delincuencia callejera alcanza ribetes de bandas criminales
y crimen organizado.
69% de las comisarías no cuentan con un kit o maletín de inspección técnico
de criminalística para el recojo de evidencias en el lugar o
escena del delito y
solo el 13% lo utiliza. Esto incide negativamente en la recolección de evidencias y afectar el
desarrollo de la investigación del delito, y, en consecuencia, perjudicar la
administración de justicia
Solo el 17% de las comisarías cuentan con un depósito para los elementos
de pruebas o ambientes seguros. Este es un punto crítico a nivel nacional, ya que la
custodia de elementos de prueba no está garantizada
El 53% de las denuncias de delitos recibidas en
las comisarías básicas tardan más de quince días en iniciar la investigación conducida por el fiscal vulnerándose el principio de inmediatez y los principios de urgencia e imprescindibilidad del recojo de indicios o evidencias ya que el tiempo que pasa es la verdad que huye.
Las comisarías básicas y especializadas no guarden algún tipo de registro de víctimas con
medidas de protección mientras se crea el mapa gráfico
y georreferenciado, con el fin de atender a esta población que se encuentra en
situación de vulnerabilidad
El 100% de comisarías básicas y comisarías
especializadas de familia no cuentan con
una línea telefónica exclusiva
para el pedido de resguardo de las personas con medidas de protección.
No se ha definido el perfil para el puesto de comisario , así como del personal
administrativo que participa en los procesos
de atención a las personas en las comisarías acorde con la Estrategia
para la Mejora de la Calidad de la Atención Prestada a la Ciudadanía del Ministerio
del Interior y la Policía Nacional del Perú 2017–2021, aprobada con Resolución
Ministerial 173-2017-IN. La delimitación de un perfil único de atención al ciudadano en las
comisarías responde a la necesidad de contar con un personal con funciones
claramente delimitadas, así como capacitadas en los procedimientos básicos que
ofrecen las comisarías.
El 86% de comisarías especializadas de familia cuentan
con el “protocolo de atención a la
ciudadanía que promueva una respuesta de calidad y oportuna”.
No
se fortalece a las secciones de Familia
de las comisarías básicas con personal capacitado suficientemente para atender las denuncias de violencia contra
la mujer e integrantes del grupo familiar, y registrar y ejecutar las medidas
de protección de sus jurisdicciones.
Patrones
de comportamientos castrenses : vestir uniforme o tener el pelo
corto que obstaculiza la labor de inteligencia y el trabajo en investigación
criminal .
Frustración
de los investigadores que trabajan en las secciones de investigación
criminal por incomprensión e ignorancia que existe sobre el trabajo que desempeñan
producto de la inacaba “integración policial”.
Acciones
autónomas de las comisarías sin participación y control de la sociedad organizada.
Carencia
de capacitación en cuanto a las atribuciones y procedimientos de ls diversas formas de restricción de la libertad
de manera directa o indirecta
( arresto policial , detención policial, retención, conducción
compulsiva ) y del uso de la fuerza y de
armas de fuego .
La
percepción por parte de la ciudadanía que el personal que labora en las comisarías
están mal pagados , no les
solucionan sus problemas y les piden hasta para la tinta de la computadora, desconfían
de ellas y están desmoralizados y desprestigiados .
Navegan
en un mar de dudas y contradicciones : mano dura contra la delincuencia,
respeto de sus derechos fundamentales , acercamiento a la población, eficacia
laboral y siempre están sometidas a reestructuraciones y cambios en el rol que
desempeñan..
No se
articulan con el desarrollo local y las unidades especializadas de
la PNP y mantienen una inadecuada relación con la comunidad . Una de las
razones de esta falta de articulación puede deberse las recargadas funciones que
cumplen los policías que las distraen en su verdadera esencia como es la
seguridad ciudadana y el orden público.
Las
comisarías cumplen cuatro ejes en el quehacer policial ( prevención e
investigación de delitos y faltas, apoyo a la labor de justicia ( conducción compulsiva y citaciones de manera
excepcional ), promoción de la participación ciudadana en tareas policiales y promoción
social y labores administrativas .
El
camino para garantizar el acceso universal a la justicia y la construcción de
instituciones responsables, eficaces e inclusivas, es largo y está lleno de
obstáculos y en nuestra institución y el
país, aún queda mucho por hacer en
cuanto al servicio policial que se brinda en las “ventanas de la PNP” que vienen a ser las comisarías , para ello , se debe empezar con
un diagnóstico , sincero, franco ,
técnico , detectando sus debilidades y fortalezas para solucionar los
problemas que redunden en beneficio del servicio que se brinda a la ciudadanía
.
27 de
marzo 2020
[1]
Decreto Legislativo N° 1267 del 16/12/2016 .- Órganos de administración
interna.- Órganos de Apoyo Policial.- Son aquellos que cumplen actividades de
apoyo en materia de asuntos internacionales, cooperación policial internacional,
aviación policial, criminalística, inteligencia, formación profesional, doctrina
y sanidad, para el ejercicio eficiente y oportuno de la función policial.
[2] “Desconcentrados” porque jerárquicamente están subordinadas a una región
policial pero con facultades específicas para resolver
asuntos en las funciones que se les atribuyen de conformidad a las disposiciones legales aplicables .- La
diferencia principal entre un órgano desconcentrado y un órgano descentralizado es que el primero carece de autonomía, no
tienen personalidad jurídica ni patrimonio propio, jerárquicamente están
subordinados a las dependencias de la administración pública a que pertenecen,
y sus facultades son específicas para resolver sobre la materia y ámbito
territorial que se determine en cada caso por norma expresa que emita la
entidad. Los órganos descentralizados,
son organismos de la administración pública con plena autonomía y cuentan con personería de derecho
público.
[3] Informe
de la Defensoría del Pueblo , Mayo 2018: “ Por una atención policial de calidad
con respeto a los derechos fundamentales “.
[4] El Libro Tercero del Código Penal peruano,
que comprende los artículos 440° al 452°, está dedicado a las faltas,
son ilícitos de naturaleza penal , conducta antijurídica que pone en peligro
algún bien jurídico protegible pero que es considerado de menor gravedad y que,
por tanto, no es tipificada como delito.
[5] Durante el 2015, según informó el Ministerio del Interior (Mininter),
a nivel nacional se tramitaron 29 mil 131 certificados de mudanza domiciliaria
y 117 mil 396 certificados de supervivencia.
[6] La
comisaría tipo A tienen capacidad para 121
a 240 efectivos policiales, hasta 1,020 m2 de área construida, cobertura de
80,001 a 160,000 habitantes. La comisaría tipo B, capacidad de 61 a 120 efectivos policiales, hasta 680 m2 de
área construida y una cobertura de 40,001 a 80,000 habitantes.
[7] La
División de Protección contra la Violencia Familiar es una unidad orgánica de
carácter técnico, operativo y especializado responsable del planeamiento, organización,
dirección, coordinación, ejecución y control de las actividades dirigidas a la
prevención, protección, investigación y denuncia de la violencia contra la
mujer e integrantes del grupo familiar, en la demarcación territorial de Lima
Metropolitana
[8]
La Defensoría del Pueblo propone que la División
de Protección Contra la Violencia Familiar se eleve a nivel de Dirección con
competencia nacional, con el propósito de realizar un planeamiento,
organización, dirección, coordinación, ejecución y control de las actividades
orientadas a la prevención, protección, investigación y denuncia de la
violencia contra la mujer y la familia
[10]
La Resolución Ministerial 173-2017-IN, que aprobó la Estrategia para la Mejora
de la Calidad de la Atención Prestada a la Ciudadanía en el Ministerio del
Interior y la Policía Nacional del Perú 2017–2021, reconociendo la orientación
a la persona como uno de los principios fundamentales en el camino hacia la
modernización estatal.
[11]
Estrategia para la mejora de la calidad de la atención prestada a la ciudadanía
en el Ministerio del Interior y la PNP 2017–2019. Marzo, 2017. 23 Directiva N°
001-2013-SERVIR/GDSRH. 37
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