PROLOGO
Conversando con las paredes .- Cartas desde la Celda 104 de Piedras
Gordas es la historia del coronel PNP( r) y Abogado, Benedicto Jiménez , quien
estuvo dos años y seis meses con prisión preventiva; medida cautelar que se
aplica como regla , que viene super poblando las cárceles del país y que la
fiscalía lo utiliza como instrumentos para investigar en aplicación de un viejo
y ortodoxo principio de investigación que consiste en “Primero te detengo y
luego te pruebo”.
Después de 4 años y 8 meses , la Fiscalía
de Lavado de Activos ha culminado su investigación y la
fiscal Marita Barreto sale a os medios el 7 de marzo 2019 con afán de figuretismo mencionando que ya presentó la acusación
fiscal ante el juez de investigación preparatoria, la misma , que en esos
momentos aún no había sido notificada a la partes , rompiendo la reserva de la y vulnerando la
presunción de inocencia , habla de 35 años de prisión,
Para la fiscal Barreto , Benedicto Jiménez , el creador del GEIN y
estratega de la captura del líder senderista es un “Trofeo de Guerra “,algo
simbólico , y espera , sí o sí, que lo condenen pero no sabe que Jiménez es un guerrero que se
ha enfrentado a verdaderos tiburones , ha sobrevivido a varias emboscada
terroristas y es un hueso duro de roer .
Aún no empieza la etapa del juicio oral ni la etapa intermedia ( de
control de acusación ) pero ella ya se siente vencedora , cuando en el juicio
es el momento que “ Hablan las pruebas “ y todo lo que ha hacho la fiscalía no
es sino “meros actos de investigación”.
A Jiménez se le investiga por ser una especie de “criminal de la información” porque,
según los fiscales, utilizaba un semanario y una radio por internet para
intimidar, amedrentar o asustar a “correctos” funcionarios públicos y
políticos.
Sobre el delito de lavado de
activos a través de le empresa Juez Justo TV SAC, el 5 de octubre 2016 , dos
peritos contables de la fiscalía evacuaron su informe en el sentido que Jiménez
no presentaba desbalance patrimonial , pero la fiscalía quiere demostrar que el
director de Juez Justo es , sí o
sí, culpable de algo porque de lo
contrario el castillo de arena que construyeron con su detención el primero de
julio 2014, se les cae a pedazos .
Estas crónicas son bastante ilustrativas para conocer los entretelones
de esta historia en donde se mezcla la presión mediática y política, el afán de
f figuretismo, el drama de estar en una cárcel de máxima seguridad con prisión
preventiva , por lo deja de ser
interesante y aleccionadora para los fiscales y jueces que se han convertido en
semidioses que juegan con la libertad de las personas.
Marzo 2019
“Sopesa una situación, después muévete”( Sun
Tzu.- VII.-Maniobras)
Había ganado tiempo y
tranquilidad con la inesperada decisión de la Jueza Caballero que le concedió
la comparencia restringida que significa que debía salir en libertad,
presentarse cada fin de mes para firma un cuaderno y pagar una caución que esta
vez diez mil nuevos soles , una suma nada despreciable .
Sabía que era una batalla ganada pero no la
guerra. No podía cantar victoria porque e estaba seguro que la fiera mediática
y los enemigos políticos no iban a estar contentos con la medida de
comparecencia restringida que me había dado esta valiente jueza a quien le
guardo un eterno reconocimiento y agradecimiento.
Así que, a partir de ese
día, debía sopesar la situación, factor clave para todo movimiento futuro,
incluso, para la estrategia legal que se debía aplicar.
Al día siguiente, como era de
esperarse en un caso mediático como era
la del abogado y empresario
Rodolfo Orellana , un sector de la prensa se indignó y esto
contagió como la peste a las principales autoridades de los tres poderes del
Estado, dejándose escuchar un clamor diario y persistente por la medida adoptada por la Jueza Caballero.
No estaban de acuerdo y pedían que se revoque por la de prisión .
Gran parte de la prensa peruana es “carroñera” , cuando supo que la jueza Caballero le había dado la
comparencia restringida ; decían que
esta medida era un golpe tremendo para la lucha contra la corrupción en
el país . Nada debe sorprendernos con una prensa de esta naturaleza .
Hasta los organismos
internacionales de derechos humanos se han tomado el tiempo necesario para
estudiar la presión mediática y política en algunos países de Latinoamérica,
entre los que está el nuestro .
Sobre el particular, existe un
frondoso y exhaustivo estudio de la Comisión Internacional de Derechos Humanos
( CIDH), volcado en un informe de fines del año de dos mil trece titulado “
Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas “ en donde se refiere a que entre los
factores que inciden en el uso no excepcional de la presión preventiva están
los desafíos relacionados con la actuación de los jueces ,
aquellos que tienen que ver con el respeto a la independencia de
aquellas autoridades encargadas de la aplicación de la prisión preventiva, como
de aquellos relativos a otros aspectos de la práctica judicial.
El informe del CIDH es bastante
profuso y demandó tres años de estudio de campo y visitas a varios países de
Latinoamérica. Menciona que uno de los
factores relevantes que inciden para que la prisión preventiva no sea utilizada
“ excepcionalmente y de acuerdo con su naturaleza cautelar” la constituye las injerencias sobre las autoridades judiciales
directamente encargadas de decidir acerca de la aplicación de esta medida, lo
que es más grave aún en vista de las significativas deficiencias estructurales
y flaquezas de los sistemas judiciales de muchos países de la región.
En los hechos, estas presiones o
injerencias provienen fundamentalmente de tres sectores: los altos
funcionarios de otros poderes u órganos del Estado- que ante los reclamos
sociales o por motivaciones de otra naturaleza mantienen un fuerte discurso
punitivo en ocasiones acompañado de medidas de presión concretas hacia los
operadores de justicia-, las cúpulas de
los poderes judiciales que muchas veces hacen eco del mensaje que se transmite
desde el poder político y los medios de
comunicación social y la opinión pública .
La CIDH ha identificado también
las claras injerencias de los titulares
de los poderes ejecutivos sobre el Poder Judicial a través del control de la
administración de justicia detrás de las cuales están las presiones , ya sea de las autoridades del
Estado o de los medios , pero existen intereses políticos de la
mayor importancia, lo que motiva a los medios a orientar las decisiones de los
jueces en un sentido o en otro; los
jueces sufren de temor mediático, cuando un juez tiene que adoptar
una decisión respecto de la libertad de una persona y ese caso está en el orden
del día de los medios, tiene temor mediático y prefiere hacer lo que en ese
momento están pidiendo los medios .
Es evidente que los jueces les
tienen temor a los medios y prefieren que el contenido de las decisiones
judiciales sea el que éstos piden y no lo que resulte de una valoración probatoria.
Este tipo de presiones se
producen por lo general en un contexto o clima definido por una tendencia
social a asociar la condición de procesado con la de detenido, según la
cual en muchos casos basta con que la policía o la fiscalía señale a
alguien como culpable para que se le tenga como tal y, en consecuencia,
se exija su detención, siendo la propia inseguridad ciudadana (más la percibida
que la real) un factor que contribuye que a esta visión se consolide, asimismo,
la falta de políticas institucionales que protejan la independencia
judicial y respalden a los operadores de justicia y por una cultura
jurídica en la que, a pesar de algunos avances a nivel normativo, los
derechos humanos y en particular el derecho a la presunción de inocencia tienen
en ocasiones un lugar muy restringido.
En este escenario, los medios de
comunicación cumplen un doble papel, por un lado, multiplican el discurso de
aquellas autoridades que proclaman la necesidad de una aplicación más estricta
de la prisión preventiva, y por otro, generan por sí mismos elementos que
alimentan esa postura.
La CIDH pone como ejemplo lo que sucedía en México – algo parecido en el Perú
– en este tipo de presiones provenientes de altos funcionarios de otros órganos
del Estado hacia el Poder Judicial, en donde el uno de los presidentes de la
República tenía la práctica de criticar públicamente a los jueces que actuaban
en determinados casos de alto perfil mediático. En sus pronunciamientos
el mandatario asimilaba a “impunidad” la excarcelación por parte jueces
estatales y federales de personas detenidas por autoridades federales, obviando
deliberadamente el hecho de que tales decisiones judiciales no constituían una
determinación definitiva en esos procesos. Un presidente mexicano llegó a
manifestar públicamente “ que no es que yo traiga algo contra
los jueces, los aprecio, pero uno se cansa.. Ahí hay un lío con impunidad,
dicen que puede ser en nuestros órganos (la Procuraduría General de la
República o la Policía Federal), pero yo creo que el Poder Judicial, local y
federal, tiene mucho que mejorar en este aspecto”.
Este es un claro ejemplo del tipo
de mensaje político que contribuye a construir una percepción pública de
impunidad mediante el argumento de una “puerta giratoria” (la policía detiene a
los delincuentes y los jueces los dejan en libertad), y envía un mensaje
político por medio del cual pretende trasladar la responsabilidad de la
criminalidad al Poder Judicial. Otras presiones son a
través de los órganos de control disciplinario
para . sancionar a aquellos jueces
que se considera no han sido lo suficientemente estrictos en sus decisiones
respecto de la libertad de personas procesadas penalmente. En este
sentido, aunque numéricamente sean pocos los jueces sancionados –por procesos
disciplinarios, penales o juicios políticos– la existencia de procesos abiertos
a jueces o fiscales por no haber aplicado la prisión preventiva produce un
efecto “aleccionador” de amenaza general entre los operadores de justicia.
Aunado a lo anterior, se observa
que en ocasiones los altos funcionarios de los órganos judiciales,
del Ministerio Público o de la Procuraduría Pública, fuera de
sus funciones, se dedican sistemáticamente a emitir opiniones y criterios en
los medios de comunicación relativas a asuntos específicos de la investigación
fiscal o de la administración de justicia. Lo que marca una pauta o línea de
criterio muy clara para los jueces de rango inferior. Estos elementos
contribuyen a crear un contexto en el que fiscales y jueces pueden encontrar
que lo más aconsejable, para sus propios intereses es hacer lo que se espera de
ellos, aunque nadie se los haya pedido directa o expresamente.
En nuestro país, como existe un
endeble Estado de Derecho y los jueces no son tan independientes como uno lo
piensa; entonces, el
primero en salir a la prensa fue el ministro de Justicia , Daniel
Figallo, manifestando que se sentía preocupado por la decisión
de la jueza de liberar a Benedicto Jiménez, dejando entrever que Orellana
podría estar usando sus contactos para escapar.
Asimismo, agregó que espera que los organismos encargados de la defensa,
tanto el Ministerio Público como la Procuraduría, ejerzan las facultades que
tienen para impugnar esta decisión utilizando el derecho a una segunda
instancia. Finalmente indicó que el
Poder Judicial garantiza que los procedimientos se realicen de acuerdo a la ley
y que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA)
se encargará de una eventual sanción disciplinaria a la jueza. Agregó también
que la información que tenían desde el
Gobierno era que la labor que realizaba Jiménez dentro de la
supuesta red criminal estaba vinculada al seguimiento y otro tipo de presiones
que podrían ser calificados como procesal. Asimismo
dijo que el Ministerio Público sabrá tomar las medidas adecuadas para poder
"transformar" esta decisión.
El Congresista
Víctor Andrés García Belaúnde – enemigo declarado de Juez Justo por las
investigaciones que habíamos realizado en su contra – sale a los medios y calificó de decepcionante la decisión
del Poder Judicial que ordenó la liberación de Benedicto Jiménez y que cambió
la orden de prisión
preventiva por comparecencia restringida para Benedicto Jiménez.
Expresó que este hecho podría dar pie a que la mafia se
reorganice y vuelva a golpear. Indicó
además que el policía en situación de retiro, quien se
desempeñaba como director de la revista Juez Justo, “es el segundo” en
importancia en la organización que encabeza el empresario Rodolfo Orellana;
asimismo, refirió que ahora uno está libre y el otro, prófugo.
¿Se
van a volver a juntar para regresar con las amenazas, las injurias y las
querellas?”- preguntó el parlamentario, quien denunció haber sido víctima
de ataques por denunciar la red de Orellana.
Además,
dijo que en ese sentido ,
la jueza Mercedes Caballero, titular del Tercer Juzgado Penal
Nacional, debía ser invitada a la comisión parlamentaria que investigaba
a esta organización, a fin de que explique los motivos de su fallo,
que era necesario su presencia , debido a las implicancias de la
resolución que deja en libertad a Benedicto Jiménez, ignorando las graves
denuncias que durante el proceso había hecho la fiscalía en su contra y que
están luchando en un solo sentido contra la corrupción y las mafias
organizadas, además, dijo que la jueza no se había puesto la camiseta de
esta lucha porque el Ministerio Público atribuye a Benedicto Jiménez ser
el brazo derecho de Rodolfo Orellana y el responsable de las acciones de
extorsión y presión contra quienes se oponen a sus intereses, a través del
semanario Juez Justo.
El
domingo 20 de julio 2014, la prensa recogió la opinión del Presidente del Poder Judicial
, Enrique Mendoza ,
quien refiere que había solicitado a la OCMA un informe sobre el fallo de
la magistrada Mercedes Caballero que dictó comparecencia para Benedicto Jiménez
y otras tres personas vinculadas a la 'red Orellana'.
Por
medio de un oficio enviado a Ana María Aranda, Jefa de la OCMA, Mendoza
solicitó que se informe a su despacho las razones y procedimientos que
determinaron que la jueza Caballero tome la decisión de cambiar la medida de
detención preliminar por la de comparecencia restringida a cuatro personas.Asimismo,
dijo el Presidente del Poder Judicial , las otras tres
personas que han sido beneficiadas con el fallo son Jorge Enrique Cortés
Martínez, Jorge Antonio Cortés Guerrero y Johnny Omar Vásquez Hummel.
Dejó
entrever también que Benedicto Jiménez
podría volver a prisión preventiva mientras
duren las investigaciones por sus vínculos en el caso del empresario
Rodolfo Orellana. En diálogo telefónico con el programa Cuarto
Poder Mendoza dijo que, como ciudadano, comprende la indignación que ha
causado la decisión de la jueza Mercedes Caballero de dejar en libertad a
Benedicto Jiménez mientras dura el proceso por el caso de Rodolfo Orellana.
Expresó que él respeta la independencia de los jueces, pero dijo que
la polémica lo llevó a pedir una investigación preliminar al órgano
disciplinario para que se evalué si hay alguna situación irregular en cuanto a
la fundamentación que alegó Caballero para tomar esta decisión.
El
ex procurador Público, Arbizú, salió a los medios y pidió evitar que Jiménez siga usando revista como instrumento
para ataques y consideró que se deberían adoptar
medidas para evitar que la revista Juez Justo vuelva a ser usada como
instrumento de ataque contra quienes investigan a Rodolfo Orellana, tras la
decisión judicial que dejó en libertad a Benedicto Jiménez.
Advirtió que nada impide que ahora que se le cambió la orden de prisión preventiva por
comparecencia restringida, Jiménez reasuma la dirección de esta revista desde donde se defendían los intereses de la
organización Orellana. En declaraciones a la Agencia Andina, Arbizú dijo que
hasta el momento no se ha dictado una medida específica en contra de la
mencionada revista.
La Jueza Caballero, titular
del Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, se vio obligada a
salir a los medios y confirmar que estaba siendo sometida a una
investigación en la OCMA y, en su defensa aducía que la Fiscalía había ofrecido 15 elementos en el caso de
Benedicto Jiménez y de los 15 solo había uno que lo vinculaba.
La OCMA le abrió una investigación por ordenar
la comparecencia restringida de Benedicto Jiménez y la jueza decía
que estaba siendo investigada por este hecho y señalaba que había
actuado conforme al Código Procesal Penal al tomar esta decisión, y
que no encontró graves elementos de convicción en torno al ex jefe policial del
Grupo Especial de Inteligencia (GEIN).
La magistrada, en las entrevistas
que dio, recordó que conforme lo señala el artículo 268° del Código
Procesal Penal, se tiene que dar tres elementos de manera concurrente para
dictar una orden de prisión definitiva, y precisó que ante la falta de uno de
estos requisitos, ya no se analizan el segundo o el tercer punto. Del mismo
modo, rechazó los términos “injuriantes”
que habría recibido por haber desestimado el pedido del Ministerio Público que
solicitó prisión preventiva por 18 meses para Jiménez.
Caballero García dijo que tiene
15 años de trayectoria respetable y anotó que se debe entender en este modelo
que “el juez va a la audiencia sin tener conocimiento de los hechos”.En este caso, tras el debate efectuado, no
consideró que se daban fundados y graves los elementos de convicción. La
Fiscalía ofreció 15 elementos de convicción en el caso de Benedicto Jiménez y
de los 15 elementos (solo había uno que lo vinculaba).
Sorpresivamente,
el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que encabeza Enrique Mendoza, había
decidido el 22 de octubre que ella regrese a un juzgado de Huaura y sea
reemplazada por tres nuevos jueces. La decisión se publicó en la separata de normas legales del diario El
Peruano.
El 21 de julio 2014, en una actitud inaudita, el Presidente de la
República sale a los medios y muestra su preocupación con un mensaje subliminar
para el Poder Judicial lamentándose de la decisión ( era claro que se refería a
la decisión de la Juez Caballero de darle comparecencia restringida a Benedicto
Jiménez). Esta salida del mandatario fue la cereza que le faltaba a la torta. .
Era evidente que la reacción de
las autoridades políticas y judiciales del máximo nivel, criticando la decisión
de una juez proba y garantista, además de vulnerar la autonomía e
independencia del Poder Judicial, presagiaba lo que iba a suceder con la
decisión de la Sala Penal Nacional que revisaría en apelación de la fiscalía la
medida de comparecencia restringida .
Todas estas personalidades de los
tres poderes del Estado trabajaron como una especie de presión política
para inclinar la voluntad y decisión de los jueces superiores
en contra del investigado Benedicto Jiménez y finalmente, se dio lo que se
esperaba, la reversión de la medida de comparecencia restringida por la
detención preventiva , no obstante que no existían graves y fundados
elementos de convicción .
La medida cautelar de prisión
preventiva no se dictó como la última ratio o en circunstancias
verdaderamente excepcional sino como regla general, obedeciendo a una presión
política y mediática, ahora , el investigado se enfrentaba a un proceso
penal despojado anticipadamente de la presunción de inocencia .
Lo evidente es que en nuestro
país se viene desnaturalizando la medida
cautelar de prisión preventiva, efectuándose una inversión de la carga de la
prueba y un despojo total y anticipado de la presunción de
inocencia.
Con tanta presión mediática la
decisión de la Sala Penal Nacional era un secreto a voces. Era una muerte
anunciada. Se podía predecir cómo iban a resolver: revocar la comparecencia
restringida por la de prisión preventiva.
EL primero de agosto 2014 se llevó a cabo la
audiencia de la Sala Penal Nacional, integrada por los jueces
superiores, Condori Fernández,
Torre Muñoz y Caurcasto Calla, en donde se vería la apelación de la
fiscalía sobre las medidas cautelares de comparecencia restringida.
La fiscalía pedía que se revise esta medida y
se aplique la prisión preventiva y se dio lo que tenía que darse ante tanta
presión política y mediática : Le cambiaron la comparecencia restringida por la
de prisión preventiva de diciocho meses ..
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