jueves, 27 de septiembre de 2018

LA MALA PRAXIS DEL CONSEJO DE ÉTICA DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA PARA SATISFACER LA PRESIÓN MEDIÁTICA Y POLÍTICA



Para satisfacer a la fiera mediática y la presión política  en casos mediáticos o emblemáticos.

El Fiscal de la Nación , Pedro  Chávarry ha sido  denunciado de violar  la ética profesional ante el Comité de Ética del CAL ´por un grupo  de ciudadanos.
La denuncia fue presentada el 25 de setiembre y de proceder y concluir a favor de los demandantes, el fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, podría quedar inhabilitado de sus funciones como abogado. Este es un requisito fundamental para dirigir el Ministerio Público.

Foto.- Decana del Colegio de Abogados de Lima, Abogada María Elena Portocarrero 

No es la primera denuncia .  El 14 de setiembre la decana del CAL, María Elena Portocarrero, afirmó que el fiscal Chávarry afronta actualmente un proceso dentro de esta colegiatura. Señaló que vienen evaluando las conductas “relacionadas con la probidad” del titular del MP.

“El CAL ve el tema ético. Si es cierto, si se le inhabilita le falta el requisito fundamental para ejercer sus funciones. Nosotros seguimos un proceso, todas las personas involucradas con los audios están siendo investigadas”, expreso entonces.

La primera semana de este mes, Chávarry se acercó al CAL a rendir sus descargos por las denuncias que afronta y por sus vínculos con “Los Cuellos Blancos del Puerto” y los "Audios CNM".

Portocarrero precisó que “quien sanciona es la Dirección de Ética”. Desde este mes, el CAL cuenta con una oficina Ad hoc para revisar estos casos.

Quién resuelve finalmente es el Comité de Ética, presidido por el abogado Walter Ayala y conformado por cinco vocales. No obstante, la resolución de esta instancia puede ser apelada por Chávarry ante el Tribunal de Honor del CAL.

Cuando existe una denuncia contra un abogado , en un contexto de presión mediática o en  caso mediático o emblemático, el Colegio de Abogados de Lima , ni corto ni perezoso, para alimentar las fauces de la fiera mediática , utiliza al Consejo de  Ética  para que de oficio inicie el  procedimiento disciplinario –administrativo con un  criterio subjetivo de que existe una afectación severa a la ética profesional y muchas veces vulnera el  principio de igualdad, el debido proceso administrativo  y la  presunción de inocencia .

En grado extremo, vulnerando el debido procedimiento administrativo, opta por suspender  las colegiaturas  mientras se lleva a cabo el proceso administrativo –disciplinario como una sanción anticipada.

Esta actitud la adopta muchas veces no  obstante que es evidente que la denuncia carece de suficientes elementos de convicción o notorias deficiencias en la información ofrecida por el denunciante.

Esta actitud también conlleva a que el Consejo de Ética apertura de oficio el procedimiento omitiendo la etapa de investigación preliminar cuando la información de la denuncia es deficiente.

Se vulnera el debido procedimientos cuando se omite la etapa de investigación preliminar y la audiencia preliminar  no obstante que la información proporcionada en la denuncia es deficiente, gaseosa, imprecisa y no señala los actos contrarios a la ética profesional o son hechos que no tienen que ver con el ejercicio de la profesión ( abogados)

La carencia de un exhaustivo control de admisibilidad,  antes de dar inicio al procedimiento administrativo- disciplinario, hace que se admita denuncias por hechos que no versan sobre aspectos relativos al ejercicio profesional o que inciden en el servicio que brinda un abogado, originando un dispendio de recursos  humanos , logísticos y energía .

Ante la deficiente motivación en la apertura del procedimiento , no se toma en cuenta que los hechos y fundamentos en que se sustenta la imputación de la supuesta infracción ética o profesional debe acreditarse o desvirtuarse con medios probatorias idóneos .

La falta de un riguroso y exhaustivo control de admisibilidad de la denuncia hace que se admitan no obstante de que no existe conexión lógica entre las conductas denunciadas y los fundamentos deontológicos.

No es suficiente el simple enunciado o aplicación mecánica de las normas del Código de Ética Profesional , como se observa en  muchas  resoluciones del Consejo de Ética , debe efectuarse una razonable apreciación de los hechos en relación con quién o quiénes lo hayan cometido ( juicio de reprochabilidad ética) estos deben tener su correlato fáctico o el factum denunciado ,tanto más se si trata de una infracción de deber donde la conducta está vinculada al ejercicio profesional como abogado .

Sería  importante que estas observaciones sean motivo de  reflexión y debate para mejorar los procedimientos disciplinarios previniendo el ejercicio abusivo del derecho o el malestar cada vez más creciente de los abogados que de pronto se ven envueltos en casos mediáticos o “emblemáticos”  que no tienen relación con el  ejercicio de la profesión o la calidad del  servicio.

 Es cierto que el Consejo de Ética es autónomo, pero sus desafueros inciden en  imagen institucional del Ilustre Colegio de Abogados de Lima .

Setiembre 2018

jueves, 20 de septiembre de 2018

LA GRAN ESTAFA AL PAIS : EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Y EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Arturo GERMAN CARBAJAL 
Los hechos recientes confirman las sospechas generalizadas de la ciudadanía sobre la corrupción de los operadores de justicia, Ministerio Público y Poder Judicial, esencialmente…
Hemos venido observando con indignación e impotencia, desde hace años, pasivamente los despropósitos judiciales y sus sentencias o resoluciones espurias, que permiten la “impunidad de los delincuentes”, autores de hechos execrables y violentos como asesinatos, secuestros, asalto y robo a mano armada, extorsión, terrorismo, etc., siendo la respuesta del Poder Judicial que “Las sentencias deben respetarse”.
"La independencia y autonomía del Poder Judicial", ha sido el manto de impunidad que los cubría en miles de casos, y sus resoluciones y sentencias, causan indignación; mientras la sociedad observaba con desasosiego y resignación, la salida recurrente de los penales de delincuentes prontuariados, pese a las evidencias y pruebas suficientes, al poco tiempo de ser capturados por la Policía; confirmadas con sentencias judiciales exculpatorias fraudulentas basadas en argumentos falaces.
En la mayoría de los casos por lenidad, descuido, incompetencia o corrupción en el Proceso, utilizando irregularmente el nuevo modelo procesal penal para estos fines; dilatando los procesos con artimañas o artificios legales, al no interponer los recursos necesarios a fin de impedir las resoluciones o sentencias con penas benignas, absoluciones o archivo; por responsabilidad del Ministerio Público y el Poder Judicial.
La “Gran Estafa al País”, ha sido la implantación del Código Procesal Penal (CPP), que ha costado al país más de S/ 10,000 millones, en moderna infraestructura, tecnología, logística, asesorías, capacitación en el país y el extranjero, etc. En este periodo (2006-2016), según el Ministerio de Justicia el presupuesto asignado para este fin ascendió a (S/1,474,000,000) millones, sin considerar lo invertido en infraestructura, y el presupuesto ordinario se quintuplicó y triplicó en ese periodo, en el Ministerio Público y Poder Judicial respectivamente , alcanzando más de (S/4,000,000,000) millones por año aprox., entre ambas instituciones.
Asimismo, el incremento de personal en las señaladas instituciones ha instaurado una burocracia ineficiente y un Sistema de Administración de Justicia corrupto e ineficaz, como antes de su implantación; situación confirmada con los audios en que intervienen jueces, fiscales y empleados…
El Código Procesal Penal, promulgado el 22 de Julio del 2004, fue promocionado y vendido por el Ministerio Público, Organismos no Gubernamentales (ONG) y el Poder Judicial, en ese orden; como un nuevo proceso penal que iba a transformar la justicia, lenta, enredada, intrincada y corrupta, en ágil, simple, diligente y transparente. El primero al verse favorecido por las excesivas atribuciones otorgadas en desmedro de la Policía Nacional, al desnaturalizar sus funciones; contraviniendo los principios de la Administración Moderna (Funciones y Especialización), Investigación Científica (Metodología de la Investigación) y legal (Constitución); recortando sus facultades de investigación, y en el caso de las ONGs, interesadas en su implantación, al descubrir un nuevo filón para obtener prebendas y contratos, el Poder Judicial en su inicio no tuvo mayor interés, cambiando de posición en los años siguientes.
El 2003, Alejandro Toledo, nombró una Comisión de Alto Nivel para proponer las modificaciones y mecanismos legales de implementación del Código Procesal Penal; quienes a fines de ese año presentaron un anteproyecto de la norma, hecha suya por el Instituto de Defensa Legal (IDL); que organizó un taller para su discusión en noviembre del 2003, en que se objetó su contenido, por convertir en un actor secundario a la Policía Nacional y empoderar al Ministerio Público. Al rebatir técnica y legalmente ese planteamiento, un abogado del IDL, en forma desaforada sin argumentos, vociferó que eso se hacía por la “Corrupción en la Policía”. Respondiéndole que en esa fecha, existían procesados dos Fiscales de la Nación, y jueces de todos los niveles comprometidos en actos ilícitos que se registraron en los denominados "Vladivideos"; cintas que desaparecieron impunemente de la bóveda del Juez a cargo; interviniendo el Coordinador del Área Legal del IDL, Carlos Rivera a fin de calmar los ánimos. Este hecho confirma el Prejuicio con el que se elaboró esta norma.
El Anteproyecto del CPP, al restarle facultades legales a la Policía, hizo que a iniciativa del Gral. PNP Murazzo, se forme una Comisión especializada en “Investigación Criminal”, disciplina que por su naturaleza es operativa y se inicia y desarrolla en la escena del crimen y su entorno; consiguiendo parcialmente su modificación, al precisar que “…El Ministerio Público…conduce y controla jurídicamente los actos de investigación que realiza la Policía Nacional…”; circunscribiendo a la Fiscalía al aspecto jurídico y a la Policía a cargo de la función operativa. Sin embargo, los Fiscales no cumplen lo señalado en la norma y simulan ser los conductores operativos; las consecuencias de su incumplimiento, no sólo afecta a la Policía al convertir por desconocimiento e incomprensión de la “Investigación Criminal“, en un proceso “administrativo y burocrático” en su despacho fiscal; limitándose a realizar diligencias básicas o formales, que no conllevan a esclarecer el delito y por el contrario su accionar conduce a su archivamiento, afianzando con ello la Impunidad; situación que confirma y sustenta el siguiente aforismo: “Si la Policía no descubre el delito, nadie lo hace”.
El Código Procesal Penal fue aprobado, pese a las observaciones técnicas y jurídicas de la Policía Nacional, y promulgado por Toledo en su afán de congraciarse con la Fiscalía; debido a sus múltiples procesos penales que afrontaba y que terminaron siendo archivados; hoy se confirma el alto grado de corrupción en que se encontraba involucrado; quién en su último día de gobierno duplicó las remuneraciones de jueces, fiscales y multiplicado en los años siguientes; el tiempo confirmó las observaciones de la Policía.
El siguiente caso, grafica la “burocratización de la investigación” por la Fiscalía; al recibirse una denuncia por (secuestro al paso y robo agravado), se remite al Fiscal y después de un mes, retorna un expediente denominado (Carpeta Fiscal) con una Disposición Fiscal, de una hoja, con diligencias obvias, copiadas del formato de la Policía a la misma Comisaría; en lugar de enviarlo a la unidad especializada (División de Secuestros); la burocratización de la investigación, impide que los hechos sean conocidos en forma rápida e inmediata por la unidad especializada; que el sentido común, la lógica y la investigación criminal señala; sin embargo, estas acciones recurrentes de la Fiscalía generan impunidad y desprotección de las víctimas y agraviados, al no esclarecerse el delito y poder obtener justicia.
Igualmente, cuando la Policía interviene a una banda de raqueteros autores de diversos delitos en distritos de Lima o Callao, con evidencias y pruebas suficientes; el Fiscal del distrito en que son detenidos sus integrantes, sólo se hace cargo del último asalto ocurrido en su jurisdicción y se desentiende de los otros delitos.; la policía tiene que convocar a los fiscales de cada distrito judicial, situación absurda e incoherente, que facilita el accionar criminal haciéndola repetitiva e inútil, sobrecargando la función policial, afectando a las víctimas o agraviados. Este modelo que fue vendido como moderno y que iba a solucionar la criminalidad…fue una farsa.
Los hechos descritos evidencian el desconocimiento del Principio Fundamental de la Investigación Criminal, “Tiempo que pasa verdad que huye”, señalado por el Criminalista Edmond Locard, y que se replican en los miles de casos o denuncias. Situación que se agrava cuando al iniciar la Policía por iniciativa una investigación por cualquier delito, el Fiscal solicita el caso y los actuados, por hechos graves o delitos violentos (robo, asalto y robo, extorsión, secuestro, violación, terrorismo, etc…), y limitarse a las diligencias básicas o formales, terminando archivando el caso, favoreciendo su accionar la impunidad en perjuicio de la población.
Describiremos dos casos que grafican en parte lo señalado; el caso Chincha (violación de menor), por un director de colegio que, por inacción de la Fiscalía, a la fecha se encuentra prófugo de la justicia; o el caso Terramoza, la Fiscal a cargo se desentendió del caso (violación), con el argumento de no tener competencia por haber ocurrido el hecho en Nazca; cuando fue en el trayecto de Arequipa a Lima. Este hecho no solo demuestra la incompetencia de ambas fiscales, una destituida y otra investigada; sino del Ministerio Público como institución; al empecinarse en disponer la investigación en la Fiscalía de Nazca obligando a la víctima a tener que desplazarse 500 kms., durante el largo proceso judicial por insensatez; decisión sin fundamento al contravenir el CPP, como señalaron destacados Juristas; acción que confirma la insensibilidad de la Fiscalía con las víctimas.
Sólo en los dos últimos meses del presente año, han sido detenidos cinco Fiscales, y otros tres se encuentran con orden de captura; igualmente un Vocal Superior fue detenido en flagrante delito y tres Presidentes de Corte Superior, han presentado su renuncia, por estar vinculados a delitos e involucrados en los audios, juntamente con Jueces y Fiscales de todos los niveles incluyendo a Superiores y Supremos; confirmándose con ello que el núcleo de la corrupción se ha centrado en estas instituciones. Los audios revelados en estos días corroboran la descomposición moral en el sistema de administración de justicia.
La puesta en vigencia del Código Procesal penal, vigente desde el 2004, que se implementó inicialmente en el Norte del país, ha generado que estas ciudades sean arrinconadas por la delincuencia y el crimen organizado, debido a la impunidad propiciada por la norma; confirmándose a fines de Mayo lo señalado, con la alerta del Instituto Nacional Penitenciario sobre la liberación de treinta y cinco (35) integrantes de la organización criminal “Los Norteños y Guarayos”, detenidos el 2016 por delitos contra el patrimonio, robo agravado, tenencia ilegal de armas, extorsión, sicariato, etc.; por vencimiento del plazo de prisión preventiva.
De igual manera, ocurrió con los integrantes de la organización criminal "Dragón Rojo", que obtuvieron su libertad y absolución; responsabilidad compartida entre el Ministerio Público y el Poder Judicial. Estos hechos son recurrentes a nivel nacional y ponen en zozobra a la población, y solo son conocidos al ser difundidos por la prensa.
Una práctica común en las reformas es el cambio de nombres, en la creencia que estas modificaciones superficiales o cosméticas logran una modificación de fondo o sustancial. El CPP., incorpora el denominado "Informe Policial", en reemplazo del "Atestado" ; cambio deliberado sin considerar su importancia al plasmar su contenido el método de investigación policial; y un despropósito de la norma al suprimir sin sustento, el elemento más importante de su estructura que es la Conclusión, que expresa el resultado del proceso de Investigación Criminal y demuestra la responsabilidad de los implicados, con los indicios, evidencias y pruebas practicadas.
Igualmente es un desatino impedir la Calificación Jurídica y señalar responsabilidades de los detenidos; es decir un absurdo debido a que la intervención e investigación policial tiene como principio fundamental e inherente a su accionar, el calificar jurídicamente el delito para iniciarla (es decir determinar si el hecho o situación presentado constituye delito); esta restricción jurídica es absurda e insensata, realizada con el fin de maniatar a la Policía, en desmedro de la función de investigación; al no señalar quienes son los responsables de un delito y favorecer a los implicados ; construyendo un espacio para manipular la investigación, afectando por ende a las víctimas y la población.
En el colmo del desatino, se señala que no se debe imputar responsabilidades…Es decir, no debe señalar que él (…) cometió el asesinato y ella (…) colaboró al facilitarle el arma y el tercero (…) es el autor intelectual; prohibirlo es un absurdo, un sinsentido que va contra las más elementales reglas de la lógica, materia que los abogados conocen incipientemente.
Esta situación reiterativa de entorpecimiento a la función policial de investigación por la Fiscalía, y el intento de avasallarlo con disposiciones incoherentes, al imponer que una dependencia policial, sin tener competencia, por función, especialización o territorialidad; realice una investigación sin corresponderle, retrasando, entorpeciendo, obstaculizando, o impidiendo las investigaciones, con consecuencias imprevisibles en desmedro del esclarecimiento del delito; propició que el 2013 se modifique el CPP., obligando al Ministerio Público tener en cuenta “la organización administrativa y funcional de la Policía Nacional …”.
Las Investigaciones más importantes en el presente siglo, están relacionadas con los casos Lava jato, Ecoteva, Odebrech, Vías de Lima, Costa Verde Callao, entre otros; a cargo de la Fiscalía que diseñó una estrategia errática, ineficaz e incompetente, hecho reconocido por los propios fiscales en declaraciones públicas. Esto ocurrió al no incorporar a la Policía Especializada (Dirección Contra la Corrupción) como en la década pasada, en que se envió a prisión a centenares de personas; o la realizada por la Policía Federal de Brasil, con iguales resultados. Es por ello, que los fiscales deben enfocarse en su especialidad, es decir, el proceso judicial y evitar que los procesados salgan en libertad, por ser esta su principal responsabilidad funcional.
El CPP, señala que el fiscal decide la estrategia de Investigación; un desacierto conceptual, al desnaturalizar las funciones y querer convertir al Fiscal en Policía; tal como afirma el Jurista español Gómez Colomer en su obra "El Proceso Penal en el Estado de Derecho" : “Ni los Jueces ni los Fiscales pueden salir en persecución de los delincuentes una vez cometido el delito, pues la Justicia no podría funcionar. Esto lo ha de hacer un miembro de la Policía Judicial, como así se hace en la práctica”.
El CPP contraviene la realidad y la lógica del proceso de Investigación Criminal; que es inherente a la Función policial; y un desconocimiento de su ejecución o práctica; al no comprender que la estrategia es consustancial e intrínseca a la acción del policía, investigador, pesquisa o detective; que por su naturaleza es operativa, y su inicio y desarrollo se da en la escena del crimen y su entorno. Esta situación de invasión en el área de la investigación criminal o la función policial del Ministerio Público ha ocurrido en Brasil con la Policía Federal, y la realidad ha conllevado a otorgarle una mayor autonomía funcional a la Policía.
El año 1987 se promulgó la ley 24700, que encargaba la investigación preliminar del terrorismo al Fiscal, (El Fiscal …se encargará directamente de la investigación..) medida que entorpecía y obstaculizaba la investigación policial, haciéndola ineficaz; situación que motivó su derogación por ley 25031 en 1989, restituyendo la función de investigación a la Policía, al precisar que: (… la investigación policial, estará a cargo de la Policía..); hecho que fue trascendental para la desarticulación de las organizaciones terroristas (Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru) con esas facultades, en éste mes conmemoramos la denominada “Captura del Siglo” o la detención de Abimael Guzmán Reinoso y los integrantes del Comité Central, así como sus mandos medios y combatientes; argumento que resulta concluyente y confirma que la investigación del delito, debe estar a cargo de quién desarrolla esa función, es decir la Policía.
La exposición de motivos del CPP, del año 1991, reconocía el desarrollo profesional, experiencia, pericia y especialización de la policía y que las sentencias se sustentaban en los indicios, evidencias y pruebas aportadas por ella; sin embargo, contradictoriamente esta valorización no se plasmó en el contenido de la norma, por seguir las nuevas corrientes jurídicas; es decir, un absurdo o sinsentido.
Sobre ese punto; podríamos considerar lo señalado en el libro antes referido, por el Jurista Gómez Colomer; quién sostiene: " El Atestado Policial …La gran Especialización Técnica de la Policía Judicial actual, que la han convertido en una Policía Científica, hace que los documentos en los que plasman sus actuaciones tengan un contenido muy rico desde el punto de vista procesal, cuyo valor a efectos sobre todo probatorios suele ser decisivo en la fundamentación de las sentencias de condena”. (98); la competencia profesional alcanzada por la Policía, se ha visto enriquecida con el Desarrollo de la Investigación Criminal, el alto grado tecnológico alcanzado por la Criminalística, y las nuevas técnicas especiales de la Inteligencia Operativa; especialidades Inherentes a la Función Policial y el empleo de técnicas especiales como la figura del agente encubierto, remesa controlada, interceptaciones telefónicas, redes sociales o web, entre otras, que eleva el nivel profesional en la investigación del delito.
El Gral. Lavalle, Director de Investigación Criminal (DIRINCRI), y el Ministro del sector, el año 2015, demostró que en dos meses el número de detenidos en flagrante delito ascendió a 992,  de los cuales el 95% se encontraban en libertad; para seguir cometiendo crímenes como (asesinatos, secuestros, extorsiones, etc.); y solo cuarenta y dos (42) en prisión.
Esta  situación agrava la inseguridad en nuestro país; como lo comprobamos diariamente en los noticieros y medios de comunicación, al enterarnos de la recaptura de estos delincuentes en libertad o bajo arresto domiciliario; cometiendo nuevos delitos.
Resulta necesario el cambio de los Paradigmas legales, que van a la zaga del accionar policial; ante las nuevas modalidades y tecnología que usa la delincuencia y el crimen organizado en un mundo globalizado; en este escenario la investigación criminal al incorporar los avances tecnológicos, se hace más compleja, especializada y dinámica, y permite registrar en audio y video su intervención e interrogatorio, siendo ésta última por su oportunidad, espontaneidad, y relevancia, crucial para esclarecer el delito y debe ser considerada como evidencia y prueba.
Los Operativos exitosos de la Policía, se han convertido en un hecho mediático, y tiene como objetivo que altos Funcionarios del Gobierno y la Fiscalía, aparezcan en las conferencias de prensa con sus “chalecos distintivos…”, irrogándose el protagonismo de la operación, acaparando la atención de los programas televisivos de noticias y entrevistas, tratando de justificar su función burocrática e intrascendente; situación que nos hace recordar la actitud del “General Romano Pompeyo, quién sin participar en la batalla contra Espartaco, hizo suya su derrota; usurpando la Gloria y Honores que le correspondían a Marco Craso”.
Se requiere incorporar los cambios sustanciales reseñados, en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, siendo urgente modificar el Código Procesal Penal, que solo ha servido para otorgarles impunidad y favorecer a los delincuentes; quienes al entender intuitivamente que la posibilidad de ir preso es mínima, en relación al beneficio económico que pueden obtener, producto de sus delitos; tendrán un incentivo que los alienta a continuar con su accionar; afectando a las víctimas, agraviados o ciudadanos.
Igualmente se requiere otorgar autonomía institucional a la Policía; al ser el responsable operativo, técnico y material de la investigación del delito; consiguientemente esta facultad, le permitirá evitar interferencias políticas, judiciales o de otra índole; a fin de mantener su independencia, garantizando una investigación imparcial y objetiva.
Hoy vemos como los nombramientos de los Jueces y Fiscales en gran parte han sido digitados entre el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Miembros del Poder Judicial y Ministerio Público y el negociado de las Sentencias al mejor postor; hecho que ha permitido la destitución de todos los integrantes del CNM; por ello se requiere una reforma profunda del sistema de administración de justicia (Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Tribunal Constitucional, ...).
El país tiene la oportunidad de realizar la modificación sustancial del Código Procesal Penal, que ha sido “La Gran Estafa al País” y sus Ciudadanos; al no haber alcanzado sus objetivos, con un dispendio económico importante y haber contribuido a la inseguridad ciudadana con la Impunidad generada, como se ha acreditado; y no seguir experimentando con la vida e integridad física de ciudadanos, amenazados por la delincuencia y el crimen organizado; por prejuicios en contra de los Policías o Investigadores, que han demostrado en su lucha contra el (Terrorismo, Criminalidad Organizada y Delincuencia), un alto nivel de eficacia y eficiencia; pese a contar con limitados recursos, y sin tener el soporte legal y respaldo político de los operadores de justicia y el Ejecutivo; sin embargo, en esas circunstancias continúan en forma sacrificada enfrentando en las condiciones más difíciles su función, para la protección de los ciudadanos.
Setiembre 2018.

martes, 4 de septiembre de 2018

SECUELA DE LA “DESINTEGRACIÓN “ POLICIAL : LA FALTA DE MÍSTICA O IDENTIDAD




El 7 de noviembre de 1988 fue promulgada la Ley 24949 del 6 de diciembre de 1988 que modificando los artículos pertinentes de la Constitución Política del Perú de 1979, crea definitivamente la Policía Nacional del Perú. Los objetivos que se buscaron fueron, entre otros, integrar las tres Fuerzas Policiales, hacer un mejor uso de los recursos económicos, desaparecer los conflictos que existían entre ellas originados por “dualidad de funciones” y, sobre todo, ofrecer un mejor servicio a la sociedad.

Con motivo de la unificación de las Fuerzas Policiales la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones, y la Guardia Republicana pasaron a denominarse “Policía General”, “Policía Técnica” y “Policía de Seguridad” hasta 1991.

El  nuevo modelo de policía  proviene del año de 1990 cuando empieza el trabajo conjunto de las tres ex instituciones( ex GC, ex PIP  y ex GC) que se “ integraron “ en una sola, hoy, conocida como Policía Nacional .

De esto han pasado 28 años  y siempre es oportuno  reflexionar sobre lo que somos y en que se ha convertido este nuevo modelo de policía creado durante el primer gobierno aprista  con la finalidad de acabar con las pugnas internas y externas que había entre las tres ex instituciones, principalmente entre la ex Guardia Civil y la ex Policía de Investigaciones.

No es fácil reflexionar sobre este tema de manera objetiva y libre de toda pasión sobre si esta llamada “integración “ fue realmente la solución al problema institucional de la policía de aquel entonces y con ello se iba a logra una institución eficiente, eficaz y competitiva en el tema de seguridad ciudadana, la razón de la ser de la policía, observemos los escenarios presentes .

Actualmente la  inseguridad ciudadana ha crecido de manera desmesuradamente, el    89% de los limeños se sienten inseguros en las calles de la capital y Lima  está  considerada como una  de las  ciudades más inseguras de Latinoamérica .

Y, solamente estamos mención de un departamento, a nivel nacional, el problema de inseguridad ciudadana también es preocupante.

En una  entrevista al diario La República ( jueves 17 de julio 2008), Fernando Rospigliosi quien se considera un gurú en tema de seguridad ciudadana , dijo que  la especialización sería un retroceso al pasado , es como volver a lo que antes fue la Guardia Civil y la Policía de Investigaciones; en síntesis, sería un error y  enorme retroceso , que cualquier cambio en la PNP es irreversible y  no se pude volver al pasado porque el daño seria irreparable .
 Nada tan alejado de la realidad . Es cierto que existe  un camino largo en lo que se conoce como “integración policial" ( casi 28 años).

Puede ser más años ,  en realidad , empieza cuando el Gobierno aprista  en su primer periodo se le  ocurrió juntar a las tres instituciones( PIP, GC , GR); una decisión  netamente política , que  se  hizo sin ningún criterio técnico ni científico.

La primera secuela de esta “desintegración” que empezó en los inicios de la década de los noventa  tiene sus efectos inmediatos cuando  se minimiza  tres especialidades que eran el sustento de todo policía que funde de   técnica y científica: Prevención, investigación criminal y criminalística.

Secuela que se  observa cuando  nadie  quiere prevenir o hacer labor de orden público ( patrullaje a pie y en vehículo) .

La mayoría , por no decir todos los policías de hoy, quieren investigar o estar en unidades como la Dirección Antidrogas o la Dirección de Investigación Criminal o unidades administrativas en donde puedes vegetar sin complicarte la vida, protegiéndote de sanciones o denuncias que malogran la hoja de servicio y les impide.

La falta de prevención policial en el tema de  seguridad ciudadana, ha convertido a la policía en un ente  improductiva e incompetente. 

Como se ha perdido la mística, el  policía sabe que todos los meses, trabajen o no, reciben un sueldo , aunque magro pero sueldo al fin , que también gozan de estabilidad laboral relativa , por eso que muchos oficiales y subalternos no cumplen a cabalidad su labor asignada y están más preocupados en satisfacer la demanda del “patrón de afuera”( del que contrata sus servicios en labores de Serenazgo ) porque el  patrón de turno si les exige que asistan bien uniformados y cumplan su horario .

Esta falta de mística también es uno de los factores coadyuvantes de que existan oficiales y suboficiales  que en sus días de franco se convierte en vulgares delincuentes .

El trabajo es realizado de manera rutinaria, con total indiferencia y falta de responsabilidad; además, demuestran resistencia al cambio.

La mayoría de los policías, cuando salen de la escuela, buscan que ser cambiados a las unidades de investigación criminal.

Nada de patrullaje, nada de proteger torres de alta tensión, todos quieren ser cambiados a Tráfico de Drogas, Lavado de Activos, Alta tecnología, Fiscal, etc..

Antes, el que pertenecía a la Guardia Republicana  cuidaba sus torres , las cárceles , las represas o monumentos.

Hoy están en dicho lugares,  aquellos que fueron de la ex Policía de Investigaciones o de la Guardia Civil.

Cuando a alguien se le ocurrió juntar a las tres instituciones, empezó la debacle de la policía.  Antes los policías competían y se esforzaban por demostrar quién era mejor, existía identidad y cada cual se esforzaba por ser el mejor en su especialidad.

Hoy ves a un capitán formando parte de una banda de “marcas”. Se ha  perdido esa “mística”, esa identidad que existía con las ex instituciones.

Cuando existían la GC, PIP, GR,  cada cual sabía por qué luchaba y qué defendía.

La “desintegración” de la policía también se evidencia en que contamos con los  laboratorios de criminalística  más atrasados de Latinoamérica. Se tiene una  tecnología obsoleta con respecto a otros países.

Esto sucede porque especialidades como la Criminalística ha sido relegada al último plano , que ha facilitado la arremetida del Ministerio Publico con su Laboratorio de Criminalística ;  los mismos que de simples fiscales, con la implementación del nuevo código procesal penal han pasado a ser  super fiscales , super policías y super jueces.

Los “todistas”  aborrecen las especialidades en la policía , principalmente la investigación criminal y la criminalística ligada al Código 2 o ex PIP)

La carencia de mística o camiseta en la PNP hace que sean indolentes ante la arremetida del  plan de  “canibalización “ de las funciones de la PNP que ha vuelto a las primeras planas de los medios . Existe el criterio que parte de las funciones de la policía puede ser manejada por las Juntas Vecinales, Serenazgo, Ministerio Público.

Todo esto es una estupidez. 

La PNP es una institución del Estado que cumple funciones en el vasto y difícil territorio que afecta el cumplimiento de las funciones, es permanente y eterna.

Cada vez que escuchemos o leemos en los medios que existen oficiales o subalternos  que en sus días de franco se convierten en vulgares ladrones o “cogoteros” o forman parte de una banda de “marcas”, debemos aceptar que  esto es consecuencia de la falta de  “mística”, la falta de esa identidad que existía en las  ex instituciones y que lamentablemente se perdió cuando alguien se le ocurrió “ :desintegrar  “ a las tres ex instituciones en una sola . 

Cuando existían la GC, PIP, GR,  cada cual sabía por qué luchaba y qué defendía.

martes, 14 de agosto de 2018

40 Aniversario del Ataque senderista al puesto policial del pueblo de La Quinua(Ayacucho) 14 agosto 1981


El ataque senderista al Puesto Policial de La Quinua –Ayacucho , sucedió el  14 de agosto de 1981(  un año después de que Sendero Luminoso inició su violencia terrorista contra el Estado peruano a quien tildaban de "viejo y caduco") , a las  nueve de la noche, amparados por la oscuridad y la bruma de la noche fría que envolvía el poblado de la serranía huantina de Ayacucho llamado  "Quinua".

En los libros de historia figura que en las pampas de este pueblo peruano, un 9 de diciembre de 1824, se selló la independencia americana, después de que el ejército realista capituló ante el ejército libertador comandado por el Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre.

Para narrar la forma y circunstancias de este asalto alevoso , vamos a recurrir a las mismas fuentes senderistas ( informe -balance de la acción que fue elaborado  para el "presidente Gonzalo" por  el mando político del Comité Regional Principal (Ayacucho, Apurímac y Huancavelica) , donde daba cuenta en forma detallada de la " acción guerrillera" del 14 de agosto , como parte del plan del primer momento de desplegar la guerra de guerrillas cuyo objetivo militar fue conquistar armas y medios[1] .
Este plan senderista fue hallado por miembros del  Grupo Especial de Inteligencia (Gein) de la DINCOTE durante el allanamiento a la casa de Buenavista, el 31 de enero de 1991, donde funcionaba el Departamento Central de SL, una especie de archivo central de esta organización criminal.
El policía valeroso que murió durante este asalto senderista se llamaba Ramiro Flores Sulca ,  cabo de la ex Guardia Civil, de 49 años y 28 años de servicios en la policía peruana.
Antes de morir en acción heroica, vendió cara su muerte batiéndose a tiros con 14 senderistas ( 7 del pelotón Nº 1, 4 del pelotón Nº 2,  2 del pelotón de San Miguel y 1 del Comité Local de Quinua),  que amparados por las sombras de la noche y contando a su favor con la sorpresa y la oportunidad, atacaron el puesto policial donde estaban destacados cinco policías. 
Antes del ataque, durante semana y media, los 4  senderistas que conformaban el pelotón 2, se abocaron a realizar el reconocimiento del puesto policial y sus alrededores, anotando : número de efectivos, rutina, armamento, turnos de vigilancia , etc. 
Este policía considerado un héroe y mártir , antes de ser aniquilado  , mató con un disparo certero ,  a la altura del corazón,  al mando militar de la Fuerza Principal (Pelotón de 12 a 15 hombres) , responsable del ataque, el   "camarada Mauro", cuyo verdadero nombre era Julio Aparicio Amao( prófugo de la cárcel de Huamanga ) e hirió con su arma, mortalmente , al segundo en mando, al "camarada Zenón".  Esto lo relatan los mismos senderistas en su informe y reconocer la valiente acción de este modesto policía .
¡ Honor y Gloria  a un valiente policía , el Cabo GC Ramiro Flores Sulca, cuyo nombre figura en la lista de los caídos en esta lucha sangrienta que se sostuvo contra las huestes terroristas de Abimael Guzmán!


[1] Este plan se llevó a cabo de mayo a diciembre de 1981.

lunes, 13 de agosto de 2018

ANALISIS DEL INFORME ESPECIAL PUBLICADO EL 12 AGOSTO 2018 EN EXPRESO TITULADO INTELIGENCIA FACTOR CLAVE




Al leer este informe , a todas luces,  se desprende que está orientado a resaltar la figura de Vladimiro Montesinos y al ex presidente, Alberto Fujimori, pasando a un segundo plano el GEIN que planificó y ejecutó el Plan Victoria que condujo a la captura del líder terrorista , Abimael Guzmán, el 12 de setiembre de 1992..

El informe especial menciona al controvertido asesor presidencial , Vladimiro Montesinos, como el  gran estratega de la pacificación nacional , cuya eficaz estrategia fue adoptada de inmediato por el ex presidente Alberto Fujimori – en segundo plano – reconociéndole sí que Fujimori tuvo la  gran responsabilidad de dirigir la lucha contra el terrorismo,  como jefe de Estado , pero actuando bajo un comando único , el Comando Operativo del Frente Interno ( COFI),   en donde trabajó también otro gran estratega llamado José Páez Warton, quien ha inventado esta historia , siendo tomado por el autor del informe como fuente de la misma .

Según el autor del informe (César Reátegui) , el  COFI planificó, coordinó , preparó y condujo las operaciones militares del más alto nivel que destruyó a las bandas terroristas y narcoterroristas , estableciendo el orden contribuyendo a la pacificación nacional .

Como resultado de esta estrategia trazada en el campo militar por Vladimiro Montesinos, Alberto Fujimori y su Estado Mayor , cayó el sátrapa Guzmán , se neutralizó y desmembró el EGP , se capturó y liquidó a los integrantes de la cédulas de SL , se desactivaron los  comités populares, Bases de Apoyo y centro de resistencia , lográndose el punto de inflexión de la lucha contra el terrorismo el 12 de setiembre 1992 con la captura de Abimael Guzmán; en resumen, la estrategia trazada por Vladimiro Montesinos, seguida por su mentor, Alberto Fujimori, planificado por el COFI , sumado a la información que obtenían los agentes del SIN y del SIE, culminó con la captura del líder de SL, Abimael Guzmán ..

También el informe especial se refiere a que el principal sustento del éxito del régimen fujimorista fue la inteligencia exacta, puntual , detallada y oportuna que fue delineada por Vladimiro Montesinos desde la “fábrica”(SIN).

Para obtener información , los  agentes de inteligencia militar se infiltraron en las universidades , sindicatos, gremios profesionales . La información obtenida fue procesada por analistas estrategas encabezados por Montesinos dando importantes resultados identificando y capturando a elementos integrantes de Socorro Popular y del Movimiento de Artistas Populares , entre otros.

 Además, por recomendación de Montesinos, el SIN y el COFI , realizaron el análisis integral de todas las informaciones que recogían los servicios secretos de las fuerzas del orden , a cargo de destacados psicólogos y sociólogos y el propio Vladimiro Montesinos . 

Estas son las ideas centrales de este informe especial – cuya entrega es por partes- resaltando algunas falacias como las que siguen :

 Primera : “ Hasta mediado de 1990 , tras el incesante avance de la subversión y el narcotráfico , no se pudo observar un cambio en la estrategia integral. El precio que ha pagado el país por la dilación de una eficiente lucha antiterrorista ha sido demasiado alto, según afirma Páez Warton” ( el informe menciona a Paéz Warton como un estratega del desaparecido Comando del Frente Operativo Interno COFI del sector defensa)
-          Decir que nunca hubo estrategia sería un error. En la década de los ochenta , hubo estrategia pero estuvo equivocada. Se centró más en las zonas rurales , la Dirección Contra el Terrorismo obtenía resultados a través de los grupos operativos (Deltas) pero se atacaba la parte militar ( los destacamentos), salvo que una u otra captura de algún mando o dirigente pero que no obedecía a una estrategia de inteligencia . Es a partir del 5 de marzo de 1990 ( cuando estaba gobernando Alan García ) cuando por propia iniciativa se crea el Grupo Especial de Inteligencia ( GEIN) y empieza aplicar el principio “Primero probar y luego detener creando su propia inteligencia de manera puntual y oportuna porque los órganos de inteligencia del sistema , si bien obtenían información, era para su uso y no tenía relevancia para la captura de los dirigentes del PLCP-SL.
Segunda: “Con la llegada de Alberto Fujimori al Palacio de Gobierno se indicó el cambio en la lucha contra la barbarie dirigido por Abimael Guzmán. Se hicieron correcciones que hicieron posible la desaparición de las llamadas zonas liberadas  y se produjeron triunfos militares basados en la información clasificada recogida por los agentes del Servicio de Inteligencia del Ejército SIE que luego de ser procesadas por analistas estrategas del extinto Servicio de Inteligencia Nacional SIN dieron los resultados obtenidos “.
-       El cambio en la estrategia de inteligencia policial operativa – no la integral – empieza durante el gobierno aprista( segundo gobierno) , tal es así que la primera operación de inteligencia del GEIN se dio el 1 de junio  de 1990, en las postrimerías de la salida del gobierno aprista.  Los apristas se dieron cuenta que estuvieron equivocados en su estrategia que le daba importancia más al campo que a las ciudades pero ya estaban de salida.
-       La nueva legislación antiterrorista creada con motivo del Golpe del 5 de Abril de 1982 recién tuvo efectos después de la caída del líder de Sl Abimael Guzmán, tal es así que la Ley de Arrepentimiento existía pero nadie quería arrepentirse. La captura de Guzmán fue el detonante para que se acelere el arrepentimiento de sus huestes por lo que tuvo que elaborarse un reglamento de arrepentidos que estuvo a cargo de la DINCOTE.
Tercera : “ La eficaz estrategia elaborada en gran parte por Vladimiro Montesinos y que adoptó de inmediato el ex presidente Fujimori se sustentó en cuatro acciones básicas:  potenciamiento e integración de los servicios secretos de las FFA y policiales en el Sistema de Inteligencia Nacional SINA, creación de un marco legal lo que propició el arrepentimiento de cientos de sediciosos que dieron valiosa información a los agentes del orden , la promoción y apoyo directo a los comités de autodefensa que se convirtieron en eficiente red de contrainteligencia que informó al EP y se le dio la responsabilidad de dirigir esta guerra al jefe de Estado quien actuó bajo un comando único ( unidad de comando y se creó el Comando Operativo del frente Interno COFI)
-               Bien dicen que la Victoria tiene muchos padres y la hija derrota es huérfana. La “ eficaz estrategia diseñada por Vladimiro Montesinos y adoptada por Alberto Fujimori “ no fue relevante para la captura del Líder del PCP-SL, Abimael Guzmán con parte de la cúpula senderista. Esta fue una estrategia netamente policial que empezó el 5 de marzo 1990 con la creación del GEIN y que luego de tres años y un aproximado de nueve operaciones de inteligencia policial, se capturó a Guzmán.
Cuarta : “El Comando Operativo del frente Interno COFI tuvo como misión el planeamiento, coordinación , preparación y conducción de las operaciones militares del más alto nivel para destruir las bandas terroristas y narcoterroristas , establecer el orden y contribuir a la pacificación nacional” ( según Páez Warton)
-       El COFI no tiene ninguna injerencia en la captura de Guzmán y los dirigentes de SL, por lo tanto, no planificó, preparó ni condujo las operaciones del más alto nivel que destruyó el aparato partidario de SL.
-       En un momento dado, como el líder senderista , Abimael Guzmán y los principales dirigentes tenían precio por sus capturas ( Guzmán tenía una recompensa de un millón y medio de dólares), todos los órganos de inteligencia eran “perros de presa “ que buscaban quitarle la presa al GEIN porque sabían que estaba bien encaminada y habían encontrado el sendero correcto para llegar a la cima de SL.  
Quinta: “ Los resultados de los lineamientos trazados por Fujimori y su Estado Mayor en el campo militar fueron positivos porque cayó el sátrapa Guzmán , se neutralizó y desmembró el EGP , se capturó o líquido a los integrantes de las células de SL y quedaron desactivados los comités populares , Bases de Apoyo y centros de resistencias, asimismo, se incautaron armas, municiones y explosivos “.
-       Las operaciones de inteligencia policial operativa eran trazadas por los dos jefes del GEIN, Marcos Miyashiro y Benedicto Jiménez .
-       En la elaboración de esta estrategia netamente policial no intervenía ni Vladimiro Montesinos, el presidente Alberto Fujimori o el COF.
 Lo que sí es acertado en este informe especial es que con la captura del líder de SL, Abimael Guzmán, se dio el punto de quiebre en la lucha contra el terrorismo . Su caída fue un  golpe tremendo para esta organización terrorista  que le obligó a dar un giro estratégico para evitar la derrota total y su desaparición gradual . La historia así lo ha demostrado. Tal ha sido la importancia de esta operación ( la captura del líder senderista) que ha pasado a ser un clásico de la inteligencia policial que se estudia en muchas partes del mundo , causando asombro porque fue realizado por un grupo de policías( 82), con los mismos problemas de los policías de hoy (mal pagados, marginado y excluidos).
El GEIN, un grupo de la policía especializada, logró esta gran  hazaña, catalogado como uno de los hechos más importantes en la lucha por la pacificación nacional.
La clandestinidad del enemigo hacia o imperativo  contar con una propia inteligencia, de manera puntual, exacta, oportuna y la necesidad de hacerles entender a los agentes del principio que todo esfuerzo inspirado por un propósito común es por naturaleza mayor, más auténtico y más confiable que el esfuerzo inspirado sólo por exigencias autoritarias, castigos o recompensas fijas.
Este propósito común debía conseguirse a través de una teoría que contenga principios y valores sobre los cuales se edificaría la estructura organizativa. De esta manera nace la inteligencia policial operativa  que combinaba la inteligencia clásica con la investigación criminal, dos eslabones de una misma cadena, cada una con sus características propias pero ligadas entre sí, que se alimentaban mutuamente en una especie de reciclaje.
La estrategia que utilizó el GEIN para capturar a la cúpula de Sendero Luminoso, se basaba en el conocimiento del enemigo, tanto en su forma de pensar, actuar y sentir, en el principio: “primero probar, después detener”.
Esta tarea demandó  tres años, desde la creación del GEIN hasta la captura de Abimael Guzmán. Primero se estudió a Sendero Luminoso desde sus orígenes y evolución y se trazó como objetivo la captura del líder y de los principales dirigentes de este grupo terrorista .
Espero que con estas precisiones, aclare sobre la verdadera estrategia que condujo a la captura del líder terrorista , Abimael Guzmán , y que en este hecho histórico no existen otros grandes estrategas que los policías que dirigieron y conformaron el GEIN histórico .

13 agosto 2018

Acero