lunes, 24 de octubre de 2016

Benedicto Jiménez es trasladado al Hospital de Policía ante deterioro de su salud y para continuar con su tratamiento por padecer de enfermedad grave e incurable (Cardiópata Subyacente, crónica, tipo isquémica, con bypass y DAI-desfibrilador Automático Implantado).

El 28 SET 2016, la Sexta Sala Penal, integrada por los doctores Gonzales Chávez, Sumar Calmeti, León Sagastegui, ante la situación delicada en cuanto a la salud de Benedicto Jiménez, deteriorada por las condiciones extremas en que cumple prisión preventiva en Piedras Gordas; cárcel hecha para internos reincidentes o rematados declaró fundado un Habeas Corpus presentado por su abogada, Nikitina Hidalgo, disponiendo su traslado inmediato al Hospital de Policía para seguir su tratamiento especializado y que el Juez de Investigación Preparatoria, Dr. Ricardo Manrique Laura, Juez de la causa, revalore la necesidad de internamiento en cárcel pública por una medida coercitiva diferente, acorde con su estado de salud, para preservar su salud y evitar un daño irreparable. 


24 OCT 2016

Gerard Ingenieros 

 

1 comentario:

  1. Por el estado de salud de Benedicto Jimenez le corresponde un arresto domiciliario, no puede estar privado de su libertad en un centro de reclusión... Si a Quimper que su estado de salud era nimia y el delito por el que se lo investigaba era agravado le dieron el beneficio de arresto domiciliario, porque a don Benedicto Jimenez no, que tiene mayor derecho?

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